laboral

  • ¿Cómo impulsan las soluciones de eLearning personalizadas el rendimiento de los empleados?

    “Las soluciones de e-Learning personalizadas desempeñan un papel clave en la alineación del contenido de la formación con las necesidades precisas de los empleados, particularmente si quiere mejorar su rendimiento y mantener el compromiso”. Así lo explica Cori Aki, experto en desarrollo de negocio. ¿La razón? Porque permiten determinar la eficacia de los programas de formación organizacional dándole a la empresa control sobre la calidad, relevancia y duración de los cursos online. Además, por otro lado, alienta a los empleados a participar con entusiasmo en la formación.

  • “Las empresas tienen la obligación de reinventarse o tienen todas las de perder”
    logo facebook news logo twitter news logo instagram news

     

    Las empresas tienen la obligación de reinventarse o tienen todas las de perder

    El teletrabajo ha sido una de las palabras trending topic durante los últimos meses en todo el mundo. Para analizar la situación en nuestro país, IMF Institución Académica ha celebrado una mesa redonda sobre la nueva realidad del mercado laboral, en la que el trabajo en remoto ha adquirido gran protagonismo, de la mano de Iñaki Percaz, Director de RRHH de CYC; José Vera Brusca, profesional experto en selección y gestión del talento; Valentín Bote, Director de RandStand Research; y moderada por el Director General de IMF Institución Académica, Conrado Briceño.

    Conrado ha comenzado con una contextualización sobre el mercado laboral y ha revelado datos como que en España cuenta con casi cuatro millones de parados. “La pandemia ha tenido un impacto multisectorial, puesto que prácticamente todos los sectores están sufriendo la crisis económica. Esto ha provocado que las compañías busquen formas de reinventarse a través de nuevas tecnologías y con la aplicación de nuevos formatos, como es el caso del teletrabajo”.

    Retos, ventajas y desventajas del trabajo a distancia

    Dentro de las ventajas que plantea el teletrabajo, destaca la conciliación. Sin embargo, muchas han sido las dudas que se han planteado sobre su eficacia. “Para conseguir que funcione, la empresa tiene que conocer las necesidades de los empleados y ofrecer las mayores facilidades en la medida de lo posible”, ha explicado José Vera.

    Por su parte, Iñaki Percaz ha explicado que el teletrabajo no es ni bueno ni malo, sino que depende de cada caso. “Hay personas que se han incorporado en época de pandemia y se han perdido el ambiente de trabajo, compañerismo, poder aprender de resto de personas...”.

    En esta línea, Valentín Bote ha indicado que todavía hay empresas que piensan que los trabajadores “son más productivos en la oficina y desconfían, por eso no quieren permitir la opción del teletrabajo”. En otros casos, se trata de un tema de cultura de empresa, más que de desconfianza. “Las empresas o cambian y se reinventan incluyendo más teletrabajo y no siendo tan rutinarias, o tienen todas las de perder”, según José Vera.

    Lo cierto es que los expertos apuntan que las jornadas laborales en España son muy extensas. En Europa, por norma general, son intensivas y favorecen la conciliación laboral. “Esto viene desde siempre. En este país la gente no concibe comer en 20 minutos. Si cambiamos estas pequeñas cosas, tendremos unos horarios más racionables y más tiempo para conciliar vida laboral y familiar”, ha comentado Vera.

    Nuevas herramientas, nuevas oportunidades laborales

    A pesar de que la COVID-19 ha traído consigo numerosas amenazas, también ha provocado nuevas oportunidades, para el experto en selección de personas. “El futuro es digital y estamos en el mejor momento para utilizar y aprender sobre herramientas digitales. Y lo más importante: hay que reforzar las soft skills, puesto que lo digital va tan rápido, cambia tanto de un día para otro, que estas habilidades siempre van a ser un plus”. Y ha continuado: “Debemos trabajar en nuestras aptitudes, en nuestra empleabilidad, en nuestra amability, en nuestras ganas de aprender y de formarnos constantemente para ser capaces de adaptarnos a cualquier cambio como el que ha traído esta pandemia”.

    De hecho, Iñaki coincide en que la aptitud es fundamental para el éxito. “Siempre hay momentos para segundas, terceras y cuartas oportunidades. La experiencia es una mochila que vas llenando y cuantos más ingredientes tengas, mejor. No importa que el sector sea el mismo, hay oportunidades para todos los sectores siempre que estés preparado y con ganas de hacerlo”.

    Como conclusión, los expertos en el evento de IMF Institución Académica han coincidido en el que el teletrabajo es un cambio estructural que va a hacer que se modifique la forma de trabajar en un futuro. “Muchas empresas habían mostrado su interés hace tiempo, pero por miedo no lo han hecho, y esta situación ha sido un experimento natural tremendo en el cual no ha quedado otra opción que implementarlo”, ha concluido Valentín.

     

    Sobre IMF Business School

    Es una escuela de negocios internacional, que ha formado a más de 125.000 alumnos desde su creación en el año 2001. La escuela dispone de una innovadora plataforma educativa a través de la que imparte masters oficiales y profesionales y más de 900 cursos en Ciencias Técnicas e Ingeniería, Ciencias de la Salud y la Educación, Ciencias Económicas y Empresariales, Ciencias Jurídicas y Ciencias Sociales y Humanidades. Con el objetivo de ofrecer un aprendizaje mucho más cercano entre el alumno y el profesor, la escuela ha puesto en marcha una metodología Student Centered Learning, que pone al estudiante en el centro de la actividad formadora de manera que los profesores dejan de ser comunicadores unidireccionales para convertirse en guías e inspiradores que muestran el camino para adquirir los conocimientos.

    Entre los másteres de la escuela destacan el Máster en Dirección y Administración de Empresas (MBA) que aparece en el primer puesto del ranking MBA de Postgrado del PortalMBA.es y también en tercera posición en el ranking de Masters MBA presenciales en Madrid 2019 del mismo portal. Además, el Máster en Prevención de Riesgos Laborales (PRL), se sitúa como el número uno del Top 5 elaborado por Mundo Posgrado en España. En la actualidad, la escuela cuenta con sedes en Latinoamérica y Europa, y diferentes acuerdos con universidades de los cinco continentes.

     

  • ADAMS Formación se une a Fundae y el SEPE para impulsar la formación en competencias digitales
    logo facebook news logo twitter news logo instagram news

    La intención del proyecto DIGITALÍZATE es garantizar el acceso a más de 500 recursos formativos gratuitos en competencias digitales y que nadie se quede atrás en el gran reto de la digitalización.
    Empresas como Bankia, Sabadell, Microsoft, Fundación ONCE, Orange o Structuralia también se suman al convenio.

    RRHHDigital 19.06.2020 2:00

    adams becas fueraFundae y el SEPE han firmado nuevos convenios de colaboración con empresas de distintos sectores que incrementa la oferta a recursos formativos gratuitos en competencias digitales. La firma de estos convenios, dentro del marco de actuación acordado entre la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, elServicio Público de Empleo Estatal y distintas empresas tecnológicas, tienen por objeto incidir en la necesidad de capacitación de las personas a las nuevas demandas laborales derivadas del proceso de innovación y del cambio tecnológico global.

    El gran reto de la digitalización es no dejar a nadie atrás, hay que dar una respuesta colectiva al problema, inclusiva, contando con todos. Esta respuesta se puede obtener a través de la formación.

    Con este objetivo, desde el pasado mes de diciembre, Fundae y SEPE están ofreciendo en sus páginas webs www.fundae.es/digitalízate y www.sepe.es el espacio denominado DIGITALIZATE, que permite el acceso universal a recursos formativos de especial interés para los colectivos más vulnerables, para contrarrestar los efectos de la brecha digital.

    DIGITALÍZATE, es un proyecto fruto de la voluntad de colaboración público-privada que permite aglutinar en un único espacio una de las mayores ofertas formativas gratuitas en competencias digitales del Estado, que se verá incrementada en cantidad y diversidad con la firma de estos nuevos convenios.

    A los cursos ya activos de las empresas AWS (Amazon Web Services), CISCO, Cloudera, Everis, Fundación Accenture, Fundación Telefónica, Google, Huawei, IBM, Linux, Oracle y SAP, se unirán las instituciones presentes en este acto aportando, entre otros, los siguientes recursos formativos:

    • Banco de Sabadell: Redes sociales, productividad digital, big data, e-commerce, transformación digital, gamificación.
    • Bankia: Tendencias en banca digital, nuevo marco digital.
    • Centro de Estudios Adams: Transformación digital, teletrabajo.
    • Fujitsu: Transformación digital, herramientas colaborativas, ciberseguridad, tendencias digitales, tecnologías Cloud.
    • Fundación ONCE: Cursos sobre materiales digitales accesibles para personas con discapacidad, accesibilidad TIC en compras públicas, interacción persona-computador, asistentes virtuales y discapacidad, móviles accesibles para todos, y documentación accesible.
    • Instituto Nacional de Ciberseguridad, INCIBE: Ciberseguridad en smarts Toys, en redes wifi, copias de seguridad, Cloud computing, dispositivos móviles, ransomware, borrado seguro de información, etc.
    • Microsoft Ibérica: Más de cien cursos sobre Azure, IOT, Microsoft 365, Dymamics 365, Power Platform, Phyton, C#, Git, Inteligencia artificial, Power Apps, Cloud, etc.
    • Orange Espagne: Metodologías ágiles, educación en el uso de internet.
    • SAS Institute: Análisis estadístico, plataforma SAS Business Analytics, plataforma SAS Viya, SAS Studio, software JMP, SAS Customer Intelligence, Modelos Predictivos de Scoring son SAS/STAT. Con estos cursos, muy demandados en los entornos de Business Intelligence, Data Science o Big Data, se pueden adquirir conocimientos básicos de Programador SAS, Analista o Administrador SAS.
    • Structuralia: Scrum, BIM, Smart Cities, Ciberseguridad y datos, ingeniería 4.0, inteligencia artificial, Blockchain, DLT, Drones, etc.

    A estas empresas, se ha añadido la Fundación Cruzcampo referente en el sector de hostelería a través de su espacio Aula Abierta, creado con el fin de ayudar a los hosteleros a preparar su reapertura tras el cierre temporal por el COVID-19.

    A modo de ejemplo, entre estas aportaciones, indicamos el curso “Ciberseguridad para micropymes y autónomos” de INCIBE que ofrece una formación adaptada a las necesidades de microempresas y autónomos, analizando los riesgos más habituales y las pautas recomendadas para el día a día, que será de gran utilidad para estos colectivos.

    En el evento también han intervenido las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME y las sindicales UGT y CCOO.

    Finalmente, el acto ha sido clausurado por la Ministra de Trabajo y Economía Social quien ha destacado la gran importancia de este proyecto para el desarrollo personal y profesional de nuestros trabajadores y trabajadoras.

     

  • Aprobada la prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo, vinculados a desarrollar acciones formativas
    logo facebook news logo twitter news logo instagram news

    prorroga erte

    En el BOE del día 29 de septiembre, se ha aprobado el Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo, que entre otras medidas, incluye la prórroga los beneficios de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) hasta el 28 de febrero de 2022. Las modalidades existentes de ERTE se mantienen hasta el 31 de octubre de 2021, y, a partir del 1 de noviembre, aparece una nueva modalidad denominada «ERTE de formación».

    En el BOE del día 29 de septiembre, se ha aprobado el Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo, que entre otras medidas, incluye la prórroga de los beneficios de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) hasta el 28 de febrero de 2022.

    Esta prórroga tiene el objeto de extender esta medida de protección social y del empleo que se ha mostrado transcendental ante la pandemia. Se trata del VI Acuerdo en Defensa del Empleo alcanzado en el marco del diálogo social.

    Una relevante novedad, consistente en la atribución de diferentes beneficios a las empresas que realicen acciones formativas en favor de las personas incluidas en el ERTE. Además de la situación derivada de la pandemia, el RDL 18/2021 ha tenido en cuenta la erupción volcánica de La Palma para lo que se regula el nuevo «ERTE específico para Canarias».

    Este RDL 18/2021 entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOE. Para facilitar la transición de los ERTE, el modelo actual seguirá vigente durante el mes de octubre.

    Se fija una prórroga en dos fases:

    1. Desde el 30/09/2021 al 31/10/2021: renovación automáticamente sin necesidad de hacer ningún trámite y con las mismas condiciones.
    2. Desde el 01/11/2021 al 28/02/2022: será necesario solicitar una prórroga para obtener exoneraciones en la cotización.

    La nueva norma, vigente hasta el 28 de febrero de 2022, establece, por un lado, la prórroga de los ERTE en sus modalidades actualeshasta el 31 de octubre de 2021 y, por otro, las nuevas modalidades de ERTE a partir del 1 de noviembre, para las que es obligatorio solicitar ante la autoridad laboral competente su prórroga entre el 1 y el 15 de octubre. Por tanto, los nuevos ERTE se extenderán desde el 1 de noviembre hasta el 28 de febrero de 2022.

    A tener en cuenta. La prórroga de los ERTES vigentes a fecha de 30 de septiembre de 2021 se autorizará:

    1. Previa presentación por parte de la empresa de una solicitud al efecto ante la autoridad laboral que autorizó o tramitó el expediente correspondiente, entre el 1 y el 15 de octubre de 2021. De no presentarse la solicitud acompañada de dicha documentación dentro del plazo establecido, el expediente de regulación temporal de empleo se dará por finalizado y no será aplicable desde el 1 de noviembre de 2021.
    2. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación (art. 1.2 del Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre):
      • Relación de las horas o días de trabajo suspendidos o reducidos durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2021 de cada una de las personas trabajadoras, debidamente identificadas en relación con cada uno de los centros de trabajo.
      • En el supuesto de ERTES ETOP COVID-19 (art. 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo), se adjuntará un informe de la representación de las personas trabajadoras con la que se negoció aquel.

    Nuevos «ERTE de formación»: desde el 1 de noviembre hasta el 28 de febrero de 2022

    De un modelo basado en los llamados ERTE sectoriales, con una protección especial a las actividades que habían mostrado una menor recuperación tras el impacto de la pandemia, se pasa a dar mayor protección a las empresas que promuevan la formación de sus empleados. Se incentiva así la formación en los nuevos ERTE, subvencionando el grueso del coste de la formación y aplicando exoneraciones a las empresas que formen a sus trabajadores en ERTE.

    Las empresas que formen a personas afectadas por este tipo de ERTE tendrán derecho al incremento del crédito para la financiación para actividades formativas, en función de su tamaño:

    • De 1 a 9 personas trabajadoras: 425 euros por persona
    • De 10 a 49 personas trabajadoras trabajadores: 400 euros por persona
    • De 50 o más personas: 320 euros por persona

    Las acciones formativas se podrán desarrollar a través de cualquiera de los tipos de formación previstos en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral. No obstante, se priorizará el desarrollo de acciones formativas dirigidas a atender las necesidades reales de formación de las empresas y los trabajadores, así como aquellas que permitan recualificar a estos últimos, aunque no tengan relación directa con la actividad desarrollada en la empresa.

    Con la finalidad antes indicada, el artículo 3 del RDL 158/2021 regula el régimen de la formación que deberá impartirse, siendo destacable que su impartición a las personas incluidas en el expediente de regulación de empleo, sin perjuicio de las mayores exenciones en la cotización que por la misma correspondan, llevará aparejada un incremento de los créditos de que disponen las empresas para la financiación de la referida formación.

    Exoneraciones

    Los beneficios, en forma de exoneración de las cotizaciones a la Seguridad Social y con ayudas a la formación, son mayores en función del tamaño de la empresa y de las acciones formativas.

    • El esquema de exoneraciones entre noviembre y febrero distinguirá entre empresas de menos de10 trabajadores y aquellas con plantilla igual o superior a estos. Así, para las primeras, las exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social alcanzarán el 80% si realizan acciones formativas y el 50% para el resto; si la empresa tiene 10 o más trabajadores, tendrá una exoneración del 80% si realiza acciones formativas, y del 40% en el resto de los casos.
    • El número mínimo de horas de formación de cada persona será de 30, en las empresas de 10 a 49 trabajadores y de 40 a para las que tienen 50 o más. Y estas actividades deberán desarrollarse durante la jornada suspendida.
    • Además, se mantienen los ERTE de impedimento, vinculados a las limitaciones de actividad. Las empresas en esa situación pasan a tener una exoneración del 100% de la aportación empresarial devengada a partir de noviembre de 2021, durante el periodo de cierre, y hasta el 28 de febrero.

    Protección de las personas trabajadoras

    Los trabajadores acogidos a ERTE seguirán disfrutando de la exención del periodo de carencia para el acceso a la prestación por desempleo. También del denominado “contador a cero” que se amplía de manera extraordinaria hasta el 1 de enero de 2023.

    Las bases reguladoras de las personas trabajadoras, sobre las que se calculan las prestaciones, se incrementan del 50 al 70% para las personas beneficiarias que hayan consumido 180 días.

    Se mantienen los beneficios para las personas afectadas por ERTE con contrato a tiempo parcial y la prestación extraordinaria para las personas fijas discontinuas.

    Medidas de acompañamiento

    Se mantienen las garantías de acuerdos anteriores tales como los límites al reparto de dividendos y el acceso a las ayudas a las empresas domiciliadas en paraísos fiscales.

    Las empresas acogidas a estos ERTE tendrán que respetar restricciones en el acceso a las horas extraordinarias y en las externalizaciones de la actividad. Se extiende la prohibición del despido durante el periodo de vigencia de la norma y también se interrumpe el cómputo de la duración máxima de los contratos temporales para las personas acogidas a ERTE.

    El compromiso de mantenimiento del empleo contará con un nuevo periodo adicional de 6 meses.

    Descarga de documentos

    file pdf Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo.

     

  • Cuando los profesionales aprenden, las sociedades avanzan
    logo facebook news logo twitter news logo instagram news

    Andalucía Económica | Martes, 2 Febrero 2021
    Antonia Guerrero, Directora Académica de Formación Universitaria

    En el entorno actual, sometido a rápidos e imprevistos cambios, ya nadie duda, a estas alturas, que estos se van a seguir sucediendo y que cada vez se desarrollarán con mayor rapidez.

    Anteriormente, los profesionales disponíamos de más tiempo para adaptarnos, ya que dichos cambios se producían de forma más lenta, pero hoy nos enfrentamos a un mercado laboral y profesional mucho más competitivo, dinámico, exigente e inestable.

    El naturalista Charles Darwin sostenía que “no son las especies más fuertes las que sobreviven, ni las más inteligentes; sólo aquellas que se adaptan a los cambios”. Tomando como referencia estas apreciaciones, podemos establecer que la rápida adaptación a los cambios se ha vuelto una necesidad esencial de “supervivencia” para todo profesional. Cuando los profesionales aprenden las sociedades avanzan y se proyectan.

    El aprendizaje continuo consiste en facilitar a los profesionales la oportunidad de mejorar sus conocimientos, habilidades, destrezas… lo que se traduce en un mayor avance para las organizaciones y, por tanto, se configura como el ingrediente esencial del futuro empresarial.

    Asimismo, los profesionales dispuestos a aprender y mejorar de forma sistemática son profesionales dispuestos a experimentar nuevas formas de trabajo y, por tanto, magníficos agentes de cambio.

    Cuando aprendemos, también adquirimos competencias como resiliencia, creatividad, proactividad… que nos permiten interactuar con nuestro entorno desarrollando una actitud más positiva y flexible para afrontar y resolver nuevas situaciones. Así, una situación desafiante y llena de incertidumbres, se convierte en una situación repleta de oportunidades donde la innovación cobra protagonismo.

    “El aprendizaje continua consiste en facilitar a los profesionales la oportunidad de mejorar sus conocimientos, habilidades, destrezas… lo que se traduce en un mayor avance para las organizaciones y, por tanto, se configura como el ingrediente esencial del futuro empresarial”

    Un profesional innovador siempre está actualizado en su área de conocimiento: investiga, lee, estudia, observa… lo que le permite desarrollar su creatividad y su espíritu innovador. Un profesional en continua formación siempre encontrará su sitio en el mercado laboral, puesto que hoy más que nunca, las empresas valoran a estos perfiles porque saben que se forman no solo para adquirir conocimientos o habilidades, sino para mejorar en un entorno cada vez más competitivo donde hay que seguir actualizando conocimientos. Es decir, donde la formación continua forma un papel clave para nuestra adaptación.

    Es este precisamente nuestro propósito empresarial, el convertirnos desde Formación Universitaria en un activador del desarrollo social a través de la formación. Ayudar en definitiva a que muchos profesionales puedan alcanzar la excelencia y puedan desarrollar sus planes de desarrollo con una base formativa de calidad.

    Durante los 20 años de la trayectoria profesional de Formación Universitaria el objetivo fundamental siempre ha estado en aportar a sus alumnos opciones que les permitan mejorar sus conocimientos y sus competencias profesionales, de una forma natural y progresiva, de manera que haya una transferencia real del o aprendido al entorno laboral. Porque, en dicho de otra manera, “cuando lo que aprendo tiene un valor real en mi proyección profesional se puede decir que efectivamente he aprendido”.

     

  • Publicado el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia

    Publicado el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia

    Tras su aprobación por el Consejo de Ministros del pasado 22 de septiembre, el BOE del de 23 de septiembre de 2020 ha publicado el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia. Entre sus principales novedades encontramos que la persona trabajadora no asumirá ningún gasto relacionado con los equipos, herramientas, medios y consumibles, vinculados al desarrollo de su actividad, junto con la obligación de determinar condiciones y aspectos relevantes como el derecho a la desconexión, la flexibilidad horaria y la reversibilidad del teletrabajo.

    El nuevo Real Decreto Ley se basa, en la “voluntariedad” para la persona trabajadora y para la empleadora y requerirá la firma del acuerdo de trabajo a distancia, que deberá formalizarse por escrito, registrarse en la oficina de empleo y entregarse a la representación legal de las personas trabajadoras.

    Entrada en vigor

    El Real Decreto-ley entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de lo establecido en su disposición adicional séptima.

    No obstante, las disposiciones adicionales tercera, cuarta, quinta y sexta, la disposición transitoria cuarta, así como las disposiciones finales cuarta, quinta, octava, novena, décima, undécima y duodécima entrarán en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

    file pdf Descargar «Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre»