Noticias ANCYPEL

  • RBC Ingeniería Arquitectura y Formación, nuevo asociado a ANCYPEL

    El pasado 25 de septiembre se aprobó la incorporación de RBC Ingeniería Arquitectura y Formación como nueva empresa asociada.

    RBC Ingeniería, Arquitectura y Formación S.L. es fruto de la asociación de un grupo de ingenieros y arquitectos de diferentes áreas. Más de 200 proyectos desarrollados nos avalan.

  • ReadSpeaker celebra su 25 cumpleaños: un cuarto de siglo de liderazgo en tecnología de voz

    El equipo de ReadSpeaker, líder global en tecnología de voz, celebra con orgullo el 25º cumpleaños de la compañía. A lo largo de estos 25 años, desde su nacimiento en Suecia en 1999 hasta hoy, hemos mantenido nuestro compromiso de ofrecer soluciones de síntesis de voz de última generación para mejorar la accesibilidad en más de 12.000 instituciones en todo el mundo y ofrecer una experiencia inclusiva para todos sus usuarios.

    En ReadSpeaker hemos sido un motor constante de innovación en el campo de la síntesis de voz, lo que ha permitido que millones de personas en todo el mundo puedan escuchar el contenido escrito de manera clara y eficiente. Este año representa un hito trascendental en nuestro camino y queremos reafirmar nuestra dedicación a la accesibilidad, la inclusión y la excelencia tecnológica.

  • Real Decreto Flexibilización Requisitos de Impartición Ofertas de FP

    Se ha publicado el pasado jueves 27 de enero el Real Decreto 62/2022, de 25 de enero, de flexibilización de los requisitos exigibles para impartir ofertas de formación profesional conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad, así como de la oferta de formación profesional en centros del sistema educativo y de formación profesional para el empleo.

    Normativa

    file pdf Real Decreto 62/2022, de 25 de enero, de flexibilización de los requisitos exigibles para impartir ofertas de formación profesional conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad, así como de la oferta de formación profesional en centros del sistema educativo y de formación profesional para el empleo.

     

  • Real Decreto-Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo
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    Real Decreto-Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía d ela estabilidad en el empleo y la transforamción del mercado de trabajo

    1. ENTRADA EN VIGOR

    El Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, es decir, el 31 de diciembre de 2021, con las excepciones que se indican en los apartados correspondientes.

    2. CONTRATO FORMATIVO (Artículo primero. Uno)

    La nueva regulación entrará en vigor el 31 de marzo de 2022.

    Tendrá dos modalidades:

    Contrato de formación en alternancia:

    • Objeto: compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o del Catálogo de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo Estatal.
    • Edad:
      • Con carácter general no existe límite de edad.
      • Hasta 30 años cuando se suscriba el contrato en el marco de certificados profesionales de nivel 1 y 2 o de programas públicos o privados de formación en alternancia que formen parte del Catálogo de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo Estatal.
    • Duración: mínimo tres meses y máximo dos años, continuados o no.
    • Tiempo de trabajo efectivo: no podrá ser superior al 65%, durante el primer año, o al 85%, durante el segundo, de la jornada máxima prevista en convenio colectivo o, en su defecto, de la jornada máxima legal.
    • Retribución: se fijará en convenio y, en su defecto, no podrá ser inferior al 60% el primer año y al 75% el segundo año, respecto de la fijada en convenio para el grupo profesional y nivel retributivo correspondiente a las funciones desempeñadas, en proporción al tiempo de trabajo efectivo. En ningún caso podrá ser inferior al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
    • Plan formativo individual:
      • Recogerá el contenido de la formación, el calendario y las actividades y los requisitos de tutoría para su cumplimiento. Habrá un tutor designado por el centro o entidad formativa y otro por la empresa.
      • Elaborado por el centro o entidad formativa con la participación de la empresa.
    • Se podrá concertar:
      • A tiempo parcial.
      • En horario nocturno y a turnos cuando las actividades formativas para la adquisición de los aprendizajes previstos en el plan formativo no puedan desarrollarse en otros periodos.
      • Varios contratos con varias empresas para cubrir las distintas actividades del ciclo, plan o programa formativo.
    • No se podrán celebrar cuando la actividad o puesto de trabajo correspondiente al contrato haya sido desempeñado con anterioridad por la persona trabajadora en la misma empresa bajo cualquier modalidad por tiempo superior a seis meses.
    • No podrán realizarse horas complementarias ni extraordinarias, salvo por causa de fuerza mayor, y no llevará aparejado un periodo de prueba.
    • Cotización (Artículo tercero. Nueve. Disposición adicional cuadragésima tercera):
      • Se prevé un nuevo régimen de cotización que entrará en vigor a partir del 31 de marzo de 2022 y será aplicable a los contratos de formación y aprendizaje vigentes a esa fecha y a los nuevos contratos de formación en alternancia.
      • Cuando la base de cotización mensual por contingencias comunes no supere la base mínima mensual de cotización del Régimen General, el empresario ingresará las cuotas únicas que determina la Ley de Presupuestos Generales del Estado, siendo la cuota por contingencias comunes a cargo del empresario y del trabajador, y la cuota por contingencias profesionales a cargo del empresario. Igualmente, ingresará las cuotas únicas correspondientes al Fondo de Garantía Salarial, que serán a su exclusivo cargo, así como las correspondientes a desempleo y por formación profesional, que serán a cargo del empresario y del trabajador, en las cuantías igualmente fijadas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
      • Cuando la base de cotización mensual por contingencias comunes supere la base mínima mensual de cotización del Régimen General, la cuota a ingresar estará constituida por el resultado de sumar las cuotas únicas antes citadas y las cuotas resultantes de aplicar los tipos de cotización que correspondan al importe que exceda la base de cotización anteriormente indicada de la base mínima.
      • A los contratos a tiempo parcial les resultarán de aplicación las normas de cotización indicadas para los contratos formativos en alternancia a tiempo completo.
      • Se aplicarán las exoneraciones que a 31 de marzo de 2022 estén establecidas para los contratos para la formación y el aprendizaje.
    • Régimen transitorio (Disposición transitoria segunda):
      • Hasta la entrada en vigor del nuevo régimen de cotización, 31 de marzo de 2022, la cotización de los contratos de formación en alternancia que se suscriban a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, 31 de diciembre de 2021, y de los contratos para la formación y el aprendizaje suscritos con anterioridad a la misma, se realizará conforme a lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 para los contratos para la formación y el aprendizaje.
    • Contratación de jóvenes menores de dieciocho años en trabajos con riesgos específicos (Disposición final quinta): Ante las prohibiciones del trabajo de jóvenes menores de 18 años en determinadas profesiones y oficios, derivadas del Decreto de 26 julio de 1957, sobre Industrias y Trabajos prohibidos a mujeres y menores por peligrosos e insalubres, que se encuentran desfasadas y generan limitaciones a la inserción de los jóvenes y el desarrollo de la formación profesional dual, se prevé que en el plazo de tres meses desde el 31 de diciembre de 2021, el Ministerio de Trabajo y Economía Social presentará a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas un análisis de la normativa de seguridad y salud aplicable a los menores, para la elaboración de un reglamento sobre las peculiaridades aplicables a la contratación de personas jóvenes menores de dieciocho años en trabajos que presenten riesgos específicos, que aprobará el Gobierno, en desarrollo del artículo 27.2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

    Contrato para la obtención de la práctica profesional:

    • Objeto: el desempeño de una actividad laboral destinada a adquirir una práctica profesional adecuada a los correspondientes niveles de estudios.
    • Podrá concertarse:
      • Con quienes estuviesen en posesión de un título universitario, título de grado medio o superior, especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional o título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo.
      • Dentro de los tres años, o de los cinco años si se concierta con una persona con discapacidad, siguientes a la terminación de los correspondientes estudios.
    • No podrá suscribirse con quien ya haya obtenido experiencia profesional o realizado actividad formativa en la misma actividad dentro de la empresa por un tiempo superior a tres meses, sin que se computen a estos efectos los periodos de formación o prácticas que formen parte del currículo exigido para la obtención de la titulación o certificado que habilita esta contratación.
    • Duración: mínimo seis meses y máximo un año.
    • Periodo de prueba: no podrá exceder de un mes, salvo lo dispuesto en convenio colectivo.
    • Retribución por tiempo de trabajo efectivo: será la fijada en convenio y, en su defecto, la del grupo profesional y nivel retributivo correspondiente a las funciones desempeñadas. En ningún caso podrá ser inferior al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
    • La empresa elaborará un plan formativo individual y asignará un tutor.
    • No podrán realizarse horas extraordinarias, salvo por causa de fuerza mayor.

    Común a ambas modalidades:

    • Será indefinido ordinario el contrato celebrado en fraude de ley o incumpliendo los requisitos formativos.
    • Se podrán realizar en empresas en ERTES, del artículo 47 o 47 bis, siempre que las personas contratadas no sustituyan funciones o tareas realizadas habitualmente por las personas afectadas por las medidas de suspensión de contratos o de reducción de jornada.
    • La acción protectora de la Seguridad Social comprenderá todas las contingencias protegibles y prestaciones, incluido el desempleo y la cobertura del Fondo de Garantía Salarial.
    • Bonificación del 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes, durante la vigencia del contrato, cuando se concierten con personas trabajadoras con discapacidad.

    Régimen transitorio (Disposición transitoria primera):

    • Los contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje basados en lo previsto en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción anterior a esta reforma que estará vigente hasta 30 de marzo de 2022, resultarán aplicables hasta su duración máxima, en los términos recogidos en el citado precepto.
    • Por lo tanto, podrán seguir realizándose contratos de prácticas y para la formación y el aprendizaje hasta el 30 de marzo de 2022, conforme a su regulación y regirán hasta su duración máxima, es decir, hasta 2 y tres años como máximo, respectivamente.

    Estatuto del Becario (Disposición adicional segunda):

    El Gobierno, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta norma, convocará a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, para en el ámbito del diálogo social abordar el Estatuto del Becario, que tendrá por objeto la formación práctica tutorizada en empresas u organismos equiparados, así como la actividad formativa desarrollada en el marco de las practicas curriculares o extracurriculares previstas en los estudios oficiales.

    Descarga de documentos

    file pdf Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.

     

  • Redacta.me, nuevo asociado a ANCYPEL

    El pasado 25 de marzo se aprobó la incorporación de Redacta.me, como nueva empresa asociada.

    redacta.me es una empresa que ha desarrollado un SaaS de Inteligencia Artificial (IA) para formación, que ayuda a docentes y alumnos en sus tareas diarias.

    A los docentes les ayuda a crear contenidos y a los alumnos a comprender mejor las materias, reduciendo su carga de trabajo y mejorando su capacidad de aprendizaje respectivamente.

  • Refuskill Meeting, Cattolica (Italy)

    Refuskill meeting, 14-15 September, Cattolica (Italy)

    REFUSKILLS - Reconocimiento de las habilidades de los refugiados

    Durante la 4ª reunión de socios, el consorcio del proyecto REFUSKILLS, integrado por 16 personas de 9 países (NO, PT, DE, ES, IT, BE, FR, AT, TR), ha visitado el centro de acogida para Refugiados de Comunità Papa Giovanni XXIII en Rimini (Italia).

    Escucharon las historias de algunos refugiados alojados en el centro, como Usman, que huyó de Pakistán hace 7 años, dejando a su familia y sus estudios en la Universidad. Ha viajado a varios países antes de su llegada a Italia en diciembre de 2016. Ahora forma parte del personal del centro, en particular, ofrece traducción y ayuda a los nuevos refugiados en su integración en la sociedad italiana.

    La visita fue útil para que el consorcio entienda mejor las necesidades de los refugiados en el ámbito del proyecto RefuSkills y los integre en el desarrollo en curso.

    El proyecto REFUSKILLS tiene como objetivo establecer un mecanismo fácil de usar que proporcione a los refugiados la oportunidad de documentar sus habilidades y competencias que facilitan la integración y la participación en los programas de trabajo y capacitación.

    Este proyecto ha sido financiado con el apoyo de la Comisión Europea. Esta publicación refleja únicamente las opiniones del autor y la Comisión no puede hacerse responsable del uso que pueda hacerse de la información contenida en el mismo.

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    Este proyecto ha sido financiado con el apoyo de la Comisión Europea. Esta publicación refleja únicamente las opiniones del autor y la Comisión no puede hacerse responsable del uso que pueda hacerse de la información contenida en el mismo.

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    In English

    Refuskill meeting, 14-15 September, Cattolica (Italy)


    REFUSKILLS – recognition of refugees skills 

    During the 4th partner meeting, the REFUSKILLS project consortium, composed of 16 people from 9 countries (NO, PT, DE, ES, IT, BE, FR, AT, TR)  have visited the welcoming centre for Refugees run by Comunità Papa Giovanni XXIII in Rimini (Italy).

    They listened to the stories of some refugees hosted in the centre, like Usman, who fleed from Pakistan 7 years ago, leaving his family and his studies at University. He has travelled to several countries before his arrival in Italy in December 2016. Now he is part of the staff of the centre, in particular, he provides translation and helps new refugees in their integration into Italian society.

    The visit was helpful for the consortium to understand better the needs of the refugees in the scope of the RefuSkills project and integrate them into the on-going development.

    REFUSKILLS project aims at establishing an easy-to-use mechanism that gives refugees an opportunity to document their skills and competences facilitating integration and participation in work and capacity building programs. 

    This project has been funded with support from the European Commission. This publication reflects the views only of the author, and the Commission cannot be held responsible for any use which may be made of the information contained therein.

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    This project has been funded with support from the European Commission. This publication reflects the views only of the author, and the Commission cannot be held responsible for any use which may be made of the information contained therein.

  • RefuSkills

    Refuskills

     

    Fecha de inicio: 01-09-2016

    Fecha de finalización: 31-12-2018

    Summary in English

    El proyecto RefuSkills consiste en la adaptación de una plataforma de reconocimiento y validación de competencias a las necesidades de los refugiados. La plataforma resultante permitirá a los refugiados ver reconocidas sus habilidades y competencias con el fin de mejorar su empleabilidad y movilidad laboral.

    Objetivos:

    • Establecer un mecanismo fácil de utilizar que dé a los refugiados la oportunidad de documentar sus habilidades y competencias (en su propio idioma).
    • Facilitar y reducir el tiempo de procesamiento en la solicitud de permisos de asilo, e identificar el camino adecuado hacia la formación y el empleo.
    • Mejorar las posibilidades de los países receptores para una rápida identificación de las habilidades y competencias de los migrantes, y para una integración facilitada y la participación en programas de creación de trabajo.
    • Explorar la posibilidad de utilizar un "RefuPass" que establezca un portfolio de competencias individuales basadas en resultados de aprendizaje.

    La UDIMA participa en este proyecto como colaboradora con la Asociación Nacional de Centros de E-Learning y Distancia (ANCED), que es socia junto a estas entidades:

    La Asociación Nacional de Centros de E-Learning y Distancia (ANCED) es socia junto a estas entidades:

    NTI-MMM (coordinador, Noruega)

    Socios:

     

    Proyecto Refuskills. Imagen 1 Proyecto Refuskills. Imagen 2 Proyecto Refuskills. Imagen 3

     

  • RefuSkills avanza en sus objetivos

     

    RefuSkills image4La simplificación de los procesos de solicitud de permisos de asilo y la mejora de las posibilidades de los países receptores para una rápida identificación de las habilidades y competencias de los migrantes han centrado la última reunión de los socios del proyecto europeo RefuSkills, en el que participan, entre otros socios europeos, la Asociación Nacional de Centros de E-Learning y Distancia (ANCED), en colaboración de la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA).

    El encuentro, el cuarto que celebra este grupo de trabajo, tuvo lugar los días 13 y 14 de diciembre en la ciudad alemana de Dresden. Por parte de ANCED, acudió a esta reunión Javier Vélez, responsable pedagógico y de proyectos; por parte de la UDIMA estuvo representada por Ana Landeta, directora de I+D+i de la UDIMA. La próxima reunión del proyecto, que finalizará en noviembre de 2018, tendrá lugar en Noruega durante el próximo mes de junio.

     

  • Registro horario de la jornada de trabajo

    201904 registro jornada laboralCon la publicación el 12 de marzo en el BOE del Real Decreto 8/2019, entrará en vigor el próximo 12 de mayo la medida de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, recogida en el capítulo III de dicho Real Decreto.

    Esta medida consiste en el registro diario de la jornada de trabajo, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de cada persona trabajadora.

    Según los datos facilitados por el Ministerio de Trabajo, existen 6,4 millones de horas extras a la semana sin abonar ni compensar por parte de las empresas a sus trabajadores, con sectores que rozan el 80% de horas extraordinarias con este tipo de prácticas. Como dato a destacar, más del 40% de las denuncias que recibe la Inspección de Trabajo son por el incumplimiento de los horarios.

    No es una nueva obligación para las empresas. El estatuto de los trabajadores ya recogía la obligación de la existencia de algún tipo de registro, pero lo que se está buscando es un procedimiento que pueda certificar los horarios.

    El objetivo de esta medida, es acabar con las horas extraordinarias no abonadas ni compensadas, con el fraude de los contratos a tiempo parcial que incumplen las jornadas estipuladas en los contratos de trabajo, eliminar las ventajas competitivas de las empresas que no cumplen la normativa respecto al resto de empresas y recuperar para el sistema de la Seguridad Social las cotizaciones de estas horas.

    El registro debe dejar constancia y trazabilidad del inicio y fin de la jornada diaria de trabajo. Se debe buscar un instrumento que asegure que dicho registro no permita manipulaciones y que además cumpla con la normativa LOPD.

    Las empresas con RLT (representación legal de los trabajadores) deben negociar con los sindicatos el modelo de control horario y levantar actas de dichas reuniones. Si no existe RLT en la empresa, la capacidad para determinar el modelo la asume el empresario.

    El texto del Estatuto de los Trabajadores en su artículo 34 apartado 7, queda redactado de la siguiente manera:

    «7. El Gobierno, a propuesta de la persona titular del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y previa consulta a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, podrá establecer ampliaciones o limitaciones en la ordenación y duración de la jornada de trabajo de los descansos, así como especialidades en las obligaciones de registro de jornada, para aquellos sectores, trabajos y categorías profesiones que por sus peculiaridades así lo requieran.»


    Se modifica el artículo 34, añadiendo un nuevo apartado 9, con la siguiente redacción:

    «9. La empresa garantizará el registro diario de la jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo. Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.

    La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.»

     

    Guia Registro Jornada Guía sobre el registro de jornada publicada por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, con el fin de facilitar la aplicación práctica de la norma, en la que se recogen criterios, a mero título informativo, en relación con este deber formal empresarial, sin perjuicio de la interpretación de la norma que corresponde a los Juzgados y Tribunales del orden social.
  • Relevo generacional en la presidencia del Grupo CEF.- UDIMA

    roque1 0El fundador y hasta ahora presidente del Grupo de empresas educativas CEF.- UDIMA, que integra el Centro de Estudios Financieros y la Universidad a Distancia de Madrid, Roque de las Heras, ha anunciado el relevo en la presidencia de las empresas del Grupo en favor de sus hijos Arturoy Arancha, que hasta hoy ocupaban la dirección general.

    Tras esta decisión, Roque de las Heras, fundador del Grupo CEF.- UDIMA en 1977 y presidente de esta institución académica durante los últimos 40 años, pasará ahora a ocupar la posición de presidente de Honor, después de una exitosa etapa en la que pasó de los 17 alumnos iniciales a los casi 30.000 anuales que pasan por las aulas físicas y virtuales.

    En total, más de medio millón de estudiantes de Grados, Másteres, Cursos y Oposiciones que ha convertido al grupo académico en una referencia dentro de la excelencia académica, logrando que más de 26.000 opositores hayan sacado sus plazas en la Administración y formando a cientos de miles de profesionales en muy diferentes áreas.

    Tanto Arturo de las Heras como Arancha de las Heras, nuevos presidentes de las empresas del Grupo, han insistido en la idea de continuar creciendo con un estilo innovador, basando el crecimiento de la institución en la importancia de las personas, la excelencia en el servicio a los alumnos, la internacionalización y el aprovechamiento de las nuevas tecnologías como principios con los que identificarse para seguir aportando la cercanía necesaria al alumno, en un entorno como el académico y formativo que requiere de una evolución continua para dar respuesta a las nuevas realidades del mercado y a la demanda laboral real del mundo empresarial y la Administración.

    Del mismo modo, se han comunicado los nombramientos de Emilio Rivas, licenciado en Matemáticas y actual director de Informática del CEF.-, como nuevo director general del CEF.-; el de Ángela de las Heras Miguel como coordinadora general de la Preparación de Oposiciones; el de Álvaro Porta de las Heras como gerente de la UDIMA; el de Alfonso García Sáenz como jefe de Estudios de Oposiciones, área no jurídica, en Madrid, y el de Diego Téllez como nuevo director de Informática del CEF.-

    El anuncio coincide en el tiempo con el nombramiento por parte de la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA) de sus dos primeros Doctores Honoris Causa. El Grupo CEF.- UDIMA continúa creciendo y este curso ha superado la cifra de 30.000 alumnos entre sus 18 Grados Oficiales, sus 35 Másteres oficiales y sus más de 300 cursos y oposiciones.

  • Resolución de 18 de diciembre de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal
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    Resolución de 18 de diciembre de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal

    Se ha publicado la "Resolución de 18 de diciembre de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión, medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las empresas".

    La Resolución de 15 de abril de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal estableció una serie de medidas para flexibilizar las condiciones en que ha de ejecutarse temporalmente la formación profesional para el empleo, sin que ello vaya en detrimento de la eficacia que ha de mantener en aras a fortalecer la empleabilidad de los trabajadores y trabajadoras y la competitividad de las empresas.

    La presente resolución tiene por objeto el mantenimiento y adopción de medidas de carácter extraordinario en relación con la impartición de acciones formativas financiadas en el marco del Sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, encaminadas a paliar los efectos del impacto económico y social derivado de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que posibiliten y faciliten la ejecución de la formación de los trabajadores y trabajadoras, optimizando su empleabilidad, y contribuyan a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas.

    El ámbito de aplicación de esta resolución se circunscribe al ámbito de gestión estatal del Servicio Público de Empleo Estatal en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2.de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

    Por otro lado, se ha considerado conveniente hacer extensivas estas medidas a los permisos individuales de formación que se soliciten durante el ejercicio 2021 y a los programas de formación financiados al amparo de la Resolución de 10 de diciembre de 2019 del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba, por el procedimiento de trámite anticipado, la convocatoria para la concesión, de subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación de ámbito territorial exclusivo de Ceuta y de Melilla, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas.

     

  • Resolución FUNDAE – Formación Programada
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    Resolución FUNDAE – Formación Programada

    Resolución de 9 de diciembre de 2021, del Servicio Público de Empleo Estatal, publicado el viernes 24 de diciembre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las empresas en el ejercicio 2022:

    • Mantenimiento de aula virtual como formación presencial.
    • Uso de medios electrónicos para las comunicaciones con SEPE y FUNDAE.
    • Comunicaciones de inicio de la formación dos días antes de la fecha de comienzo del grupo.

    Se han ampliado al ejercicio 2022 las medidas adoptadas en la Resolución de 15 de abril de 2020, que también se aplicaron durante el 2021, para las acciones formativas que se programen durante 2022, con cargo al crédito de formación del que disponen las empresas durante dicho ejercicio. Asimismo se hacen extensivas estas medidas a los permisos individuales de formación que se soliciten durante el ejercicio 2022.

    Todo este conjunto de medidas se adopta en el marco competencial de gestión correspondiente al Estado, por el Servicio Público de Empleo Estatal, habiendo consultado para ello a las organizaciones empresariales y sindicales más representativas y los demás agentes que intervienen en el sistema de formación profesional para el empleo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

    Descarga de documentos

    file pdf Resolución de 9 de diciembre de 2021, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión, determinadas medidas en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las empresas en el ejercicio 2022.

     

  • Resultados de la EPA (Encuesta de Población Activa)

    Resultados EPACon la publicación de los resultados de la EPA (Encuesta de Población Activa) el pasado 25 de octubre, la tasa de desempleo bajó por primera vez desde finales de 2008 del 15%, situándose en el periodo de julio a septiembre de 2018 en el 14,55%. Según la disposición transitoria novena de la Ley 3/2012, “Hasta que la tasa de desempleo en nuestro país se sitúe por debajo del 15 por ciento podrán realizarse contratos para la formación y el aprendizaje con trabajadores menores de 30 años sin que sea de aplicación el límite de edad establecido en el párrafo primero del artículo 11.2ª del Estatuto de los Trabajadores”.

    Según la consulta telefónica al Servicio Público de Empleo, nos indican que para hacer efectivo el artículo 11.2ª del Estatuto de los Trabajadores, se necesita una consolidación de este porcentaje de desempleo reflejado en la EPA en los próximos trimestres. Posteriormente el SEPE deberá emitir un comunicado para dejar sin efecto la disposición transitoria novena de la Ley 3/2012.

    Por lo tanto y hasta que no se produzca dicha comunicación, se podrán seguir registrando contratos para la formación a menores de 30 años.

    Estadísticas mes de octubre

    El pasado 5 de noviembre fueron publicadas en la página web del Servicio Público de Empleo Estatal las estadísticas de contratos del mes de octubre. Se registraron 4.636 contratos para la formación y aprendizaje lo que representa una bajada del 6,55% respecto al mismo mes del año anterior.

    En términos anuales registra un incremento del 2,39%, pasando de los 38.914 a los 39.843 contratos registrados de enero a octubre de 2018. Por provincias es Madrid la que más contratos registra con 4.168 seguida de Sevilla con 3.113. Por Comunidades Autónomas, se sitúa en cabeza Andalucía con 10.693 contratos lo que representa el 26,84% del total registrado en los servicios públicos de empleo. Muy por detrás aparece Canarias con poco más 5.000 contratos y la Comunidad Valencia por encima de los 4.300.

     

  • Resultados del International Workshop European Personal Branding for Employment (EPBE)

    logo epbeEl próximo jueves 1 de junio, el proyecto European Personal Branding for Employment (EPBE), coordinado por la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA), presentará los resultados de dos años de trabajo en un International Workshop que tendrá lugar en el Colegio de Agentes Comerciales de Barcelona (Carrer de Casp, 130, 08013 Barcelona).

    Aprobado dentro del programa Erasmus+ (KA2 - Strategic Partnerships for Higher Education), y convocado por la Comisión Europea, el principal objetivo de este proyecto es ayudar a jóvenes estudiantes a conseguir empleo a través de la adquisición de competencias digitales.

    Los objetivos que se han perseguido son los siguientes:

    • Fomentar la idea de que las TIC pueden ayudar a encontrar empleo.
    • Crear un plan de estudios multidisciplinar basado en problemas de la vida real con la participación de diferentes sectores de la educación.
    • Identificar las necesidades de formación y competencias transversales necesarias para el desarrollo y la estrategia de aprendizaje a lo largo de la vida en línea basado en la marca personal y la búsqueda de empleo.
    • Compartir contenidos educativos relacionados con la marca personal y la búsqueda de empleo a través del uso de recursos educativos en abierto.

    Si estás interesado en asistir, puedes consultar el programa y registrarte desde este enlace.

  • Reunión ANCYPEL - Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Junta de Andalucía

    En el día de hoy nuestro presidente D. Arturo de las HerasD. Juan Antonio Buzón, vicepresidente y D. Pedro Gómez, presidente honorífico de ANCYPEL, se han reunido con Dª. María Eva Melero Torres, Directora General de Formación Profesional para el Empleo y con Dª. Mª. Victoria Martín-Lomeña Guerrero, Secretaria General de Servicio Público de Empleo y Formación de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, para analizar la última convocatoria publicada en la Junta de Andalucía de subvenciones destinadas a la financiación de la oferta formativa del sistema de formación profesional en el ámbito laboral dirigida a personas trabajadoras desempleadas, así como futuras convocatorias para fomentar y posicionar la formación e-Learning.

     

  • Reunión ANCYPEL – DGT Dirección General de Tráfico

    El pasado viernes 29 de septiembre, se celebró una reunión en la Dirección General de Tráfico donde participaron la Subdirectora General D.ª M.ª José Aparicio Sanchiz y la Subdirectora Adjunta D.ª Montserrat Pérez López. ANCYPEL estuvo representada por Francisco Paz vocal de la Junta Directiva y responsable de la Comisión de Movilidad y Transporte y por el Secretario General.

  • Reunión ANCYPEL – Ministerio de Educación y Formación Profesional

    Una representación de la Junta Directiva de ANCYPEL encabezada por el Presidente Arturo de las Heras, ha estado reunida en la mañana de hoy 28 de noviembre con Dª. Clara Sanz Secretaria General de Formación Profesional del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

    El objetivo de la reunión ha sido la presentación oficial del proyecto ANCYPEL ante el Ministerio de Educación. Además, hemos tratado varios temas de interés para el sector sobre los Grados de Formación Profesional y de los Certificados de Profesionalidad.

     

  • Reunión ANCYPEL – Ministerio de Educación y Formación Profesional

    Una representación de la Junta Directiva de ANCYPEL encabezada por el Presidente Arturo de las Heras, ha estado reunida en la mañana de hoy 28 de noviembre con Dª. Clara Sanz Secretaria General de Formación Profesional del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

    El objetivo de la reunión ha sido la presentación oficial del proyecto ANCYPEL ante el Ministerio de Educación. Además, hemos tratado varios temas de interés para el sector sobre los Grados de Formación Profesional y de los Certificados de Profesionalidad.

     

  • Reunión con el Director General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana y con la Subdirectora de Ordenación y Normativa de la Dirección General de Transporte Terrestre

    Reunión el pasado 15 de noviembre de una representación de ANCYPEL con D. Jaime Moreno Director General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana y D.ª Marta Santamaría Mosquera Subdirectora de Ordenación y Normativa de la Dirección General de Transporte Terrestre, para analizar la situación de la formación online en el sector del Transporte y promover el e-Learning en la formación de los conductores y transportistas.

  • Reunión con el Director General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana y con la Subdirectora de Ordenación y Normativa de la Dirección General de Transporte Terrestre

    Reunión el pasado 15 de noviembre de una representación de ANCYPEL con D. Jaime Moreno Director General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana y D.ª Marta Santamaría Mosquera Subdirectora de Ordenación y Normativa de la Dirección General de Transporte Terrestre, para analizar la situación de la formación online en el sector del Transporte y promover el e-Learning en la formación de los conductores y transportistas.