Desglose de cotizaciones (a partir de 01-09-2021)
Contingencias que tienen cubiertas estos trabajadores: todas incluida desempleo.
- La cotización a la Seguridad Social durante 2021 consistirá en una cuota única mensual con una base de cotización de 1.125,90 euros/mes, distribuida en los siguientes conceptos:
- Por contingencias comunes 54,73 euros, de los que 45,63 euros corresponden al empresario y 9,10 euros al trabajador.
- Por contingencias profesionales 6,28 euros a cargo del empresario.
- La cuota al Fondo de Garantía Salarial será de 3,23 euros/mes a cargo de la empresa.
- Por desempleo, 79,37 euros de los cuales 61,92 euros corresponden a la empresa y 17,45 euros al trabajador.
Estas cuotas con siempre fijas independientemente de los días trabajados en el mes.
Conceptos |
A cargo de la empresa |
A cargo del trabajador |
Totales |
Contingencias comunes | 45,63 € | 9,10 € | 54,73 € |
Desempleo | 61,92 € | 17,45 € | 79,37 € |
Contingencias Profesionales I.T. / I.M.S. | 6,28 € | 0 € | 6,28 € |
Fondo Garantía Salarial | 3,46 € | 0 € | 3,46 € |
Total Mensual |
117,29 € | 26,55 € | 143,84 € |
Reducciones de cuotas a la Seguridad Social
- Reducción de las cuotas empresariales y del trabajdor del contrato y prórroga cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- Desempleado inscrito en Oficina de Empleo.
- Si la plantilla de la empresa es menor a 250 trabajadores tendrá derecho al 100% y si es mayor a 250 la reducción será del 75%.
- El trabajador contratado no puede haber estado vinculado a la empresa o grupo de empresas en los 24 meses anteriores con un contrato indefinido o en los últimos 6 meses mediante un contrato temporal.
- El trabajador contratado no puede haber finalizado un contrato indefinido en los 3 meses anteriores a la contratación en cualquier empresa. No será de aplicación cuando la finalización del contrato sea por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo.
Será de aplicación, para tener derecho a esta reducción, lo establecido en la sección I del capítulo I de la Ley 43/2006.
La empresa debe estar al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Las contingencias profesionales se dividen en |
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Base de Cotización | 1.125,90 €/Mes |
Base de Cotización diaria | 37,53 €/Día |
Salario Mínimo Interprofesional 2021 Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2021 |
965,00 €/Mes (14 pagas) |
Documentos
Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral
Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo