“En Formación Universitaria innovamos en herramientas y metodología para ofrecer una experiencia personalizada a 10.000 alumnos al año”

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La directora del Área Académica de Formación Universitaria, Antonia Guerrero

Mercados21.es | Miércoles, 12 Enero 2022
Antonia Guerrero, Directora del Área Académica de Formación Universitaria

Para su Directora Académica, ganar en empleabilidad significa ganar en competencias y habilidades

La institución académica se encuentra en un ambicioso proceso de expansión y crecimiento. Hablamos con su directora del Área Académica, Antonia Guerrero, para conocer cómo están adaptando los itinerarios curriculares, las herramientas y la metodología a este proceso. ¿Cuáles son sus implicaciones? ¿Hacia dónde se orienta? Por lo pronto, el acuerdo alcanzado con la principal universidad en línea de Italia, e Campus, supone todo un hito y un nuevo salto para Formación Universitaria.

Formación Universitaria es pionera en formación a distancia y elearning. ¿Pero qué impacto han tenido las distintas olas de la pandemia en la organización académica?

Como bien dice, en Formación Universitaria somos pioneros en la aplicación de herramientas tecnológicas al servicio de la formación. El medio online es un medio natural para nosotros. Es cierto que la irrupción de la pandemia ha acelerado muchos procesos, pero nuestra estrategia ha sido siempre la de mejorar de forma continua. ¿Qué estamos haciendo? Ampliando e introduciendo novedades en las herramientas que ponemos a disposición del alumno, de los docentes y de los tutores. Todo ello con un fin primordial: prestar la mejor formación para los alumnos. Algo que solo es posible con la adquisición de nuevas competencias y habilidades por parte de los docentes que les permitan un acompañamiento y seguimiento del alumnado cada vez más eficiente y eficaz.

¿Habéis encontrado en este proceso resistencia a los cambios por parte del profesorado?

Somos desde nuestra fundación una institución académica innovadora, por tanto, nuestro equipo docente está comprometido y comparte esta visión. La adquisición e incorporación de nuevas competencias no es algo nuevo, que haya sobrevenido con el virus, es algo que ha ocurrido siempre en Formación Universitaria. Aunque es cierto que con los avances tecnológicos se ha producido una aceleración notable, como ya he comentado. En nuestro caso no se da resistencia al cambio, y se asume con gran naturalidad la aplicación de Inteligencia Artificial, de videoconferencia, de incremento del seguimiento personal y telefónico al alumno, como un avance y una evolución de la organización con el fin de cumplir nuestra misión con calidad y excelencia.

Según lo que nos comenta, ¿cómo desarrolláis vuestra política de formación interna?

Contamos con un indicador mensual de las formaciones que realiza nuestro equipo. En la organización realizamos entre 6 y 9 formaciones al mes para que esta se adecue en todo momento al cambio. El objetivo es que toda la empresa lleve un ritmo homogéneo, de modo que no se produzcan lagunas ni que vayamos a dos velocidades. Hay que tener en cuenta que dependemos mucho de los cambios normativos. Sin ir más lejos, el nuevo Real Decreto sobre enseñanzas universitarias o la nueva Ley de Formación Profesional que será publicada aproximadamente en el mes de marzo, requiere que estemos atentos para adecuar nuestras enseñanzas a lo que se modifica.

¿Cuáles van a ser las novedades académicas más relevantes en este 2022?

Partiendo de que por nuestra naturaleza no contamos con periodos estancos de matriculación, sino que lo hacemos a lo largo de todo el año, para 2022 el hito más relevante para nosotros será la impartición de másteres oficiales de la Universidad e Campus, la principal universidad en línea de Italia. Desde el punto de vista académico, para Formación Universitaria supone un salto extraordinario, lo que pone a disposición de los alumnos doctorados y titulaciones con reconocimiento europeo independientemente de su lugar de residencia. Una colaboración que se suma a la que ya llevamos a cabo con la Universidad Nebrija. Nuestra proyección académica y de mercado crece así de forma muy importante.

Uno de los hitos más relevantes va a ser impartir másteres oficiales de la principal universidad en línea de Italia, la Universidad e Campus

¿Cómo adaptáis los itinerarios curriculares en pro de la empleabilidad?

Antonia Guerrero en la sede de Formación Universitaria en SevillaGanar en empleabilidad significa ganar en competencias y habilidades. Junto a los conocimientos de cada puesto o desempeño, los estudiantes deben ser capaces de resolver problemas, de organizar y planificar el tiempo y sus cometidos, trabajar de forma consciente la creatividad y ser resilientes a los retos y desafíos que se les presenten. En Formación Universitaria trabajamos todos estos aspectos como parte destacada de la formación personal y profesional de los alumnos.

¿En qué consiste la metodología Lean que utiliza Formación Universitaria?

Esta metodología nos permite un seguimiento y una gran cercanía con todos y cada uno de los estudiantes. Se le dota de todos los recursos para que todo el proceso académico sea sencillo, se adapte al ritmo de cada alumno y se encuentre en todo momento motivado. Para ello contamos con la figura de los tutores de seguimiento pedagógico. Con esto conseguimos que los estudiantes se familiaricen con el programa formativo, manteniendo un contacto directo con ellos.

¿Y en qué se refleja todo esto en el campus virtual y los recursos a disposición de los alumnos?

El uso y el acceso a nuestro campus virtual va creciendo en la medida que el alumno avanza en su proceso de formación. Es decir, nuestro campus se adapta a las necesidades de cada uno de los alumnos, con el acceso a más material audiovisual y de otro tipo conforme crece en su desarrollo académico. Contamos con una plataforma diferencial e innovadora.

¿Cuál es la composición de la estructura docente de Formación Universitaria?

Nuestro equipo está integrado por 20 pedagogos licenciados con un gran conocimiento en metodología elearning. Un equipo que está organizado en un doble escalón. Están, de una parte, los tutores de seguimiento de los distintos programas, con un contacto muy estrecho con los alumnos y, de otra, un equipo de 90 docentes expertos, compuesto por profesionales en activo que aportan su conocimiento actualizado, su experiencia y vivencias reales en el mundo laboral. De modo que logramos transferir a los alumnos lo que se demanda en el mundo empresarial real, yendo mucho más allá de los contenidos teóricos.

¿Y el número de programas que impartís?

Impartimos más de 600 programas en los distintos ciclos formativos, tanto de másteres como de FP preparatoria y certificados profesionales (vías no formales de formación). Fundamentalmente del ámbito sociosanitario, de la gestión y administración y de recursos humanos. Nuestra capacidad de adaptación es muy grande y estamos trabajando en nuevas líneas. Hay que tener en cuenta que la gente percibe que el futuro será de las nuevas profesiones que están por surgir. De manera que nos encontramos que la psicología positiva tiene una gran demanda entre las empresas, al igual que todo lo relacionado con Big Data, Machine Learning e Inteligencia Artificial, o competencias transversales como liderazgo y autoliderazgo. Es muy reseñable que ofrecemos experiencia individualizada a alrededor de 10.000 alumnos cada año.

¿Qué peso tiene cada ciclo formativo?

Del número total de alumnos anuales en torno al 40% corresponden a Formación Profesional, en un porcentaje similar se encuentran los que cursan Certificados Profesionales, un 10% Técnico Profesionales y otro 10% másteres universitarios.

Nuestra metodología Lean nos permite un seguimiento muy cercano de todos y cada uno de nuestros alumnos

Habida cuenta de las nuevas demandas de programas y temáticas, ¿cómo es la rotación de los equipos docentes para estar al día?

Por lógica y coherencia, el equipo de tutores de seguimiento es muy estable. Aun así, apostamos por savia nueva que nos vaya aportando en nuestro proceso de mejora continua. Mantenemos desde 2011 un acuerdo con la Universidad de Sevilla para que alumnos de Pedagogía realicen prácticas con nosotros con el objetivo de que puedan conocer otras áreas de aplicación de la disciplina, sobre todo en el ámbito empresarial. En este periodo Covid han sido 10 alumnos de la Hispalense los que han estado con nosotros. Gracias a este acuerdo ya se han incorporado a Formación Universitaria 4 graduados. En cuanto al equipo docente de expertos, vamos incorporando a profesionales de alta capacitación en función de las nuevas necesidades y demandas. Todos ellos preparados para la modalidad de formación a distancia.

Una de las grandes apuestas de Formación Universitaria es la crecer en el mercado latinoamericano. ¿Qué impacto va a tener en el área académica?

Tendrá un impacto en el crecimiento del número de alumnos, pero no tanto en cuanto a la organización de nuestro departamento. Los estudiantes de Latinoamérica que quieran cursar un máster oficial tendrán que estar en posesión de los requisitos académicos de este tipo de formación. Al tratarse de un título universitario la experiencia y el nivel de conocimientos ya está muy globalizada. De hecho, se trata de un máster oficial universitario válido en 49 países.

 

E-learning e idiomas, un crecimiento que va de la mano

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E-learning e idiomas, un crecimiento que va de la mano

El crecimiento del e-learning abarca casi todos los campos de la enseñanza y la formación. Hay uno donde este auge es tan gráfico como potente: el aprendizaje de idiomas. Según datos de Italki, sitio web especializado en tecnología educativa, el número de usuarios activos que estudian idiomas online en España ha aumentado un 25% durante los últimos dos años.

El impacto del COVID-19 aparece como uno de los principales motivos de este fenómeno, ya que ha trastocado la forma de dar las clases en todo el mundo. En este contexto, la versión online se ha convertido en una alternativa cada vez más popular, desplazando a las tradicionales academias de idiomas.

Los estudiantes, de todas las edades, ven la opción online como segura, flexible y asequible. La pandemia -según este estudio- ha terminado de derribar el “escepticismo” hacia muchos servicios en línea. La alternativa de tomar clases a través de internet ya no es algo extraño y ahora forma parte de la nueva normalidad.

¿Cómo ha impactado la educación a distancia en el aprendizaje de idiomas? Ha favorecido a la democratización de acceso gracias al uso de la tecnología. Internet ha permitido que alumnos de diferentes perfiles (generacional y socioeconómico) se sienten en sus ordenadores a estudiar un nuevo idioma.

Estos alumnos, resalta este informe de Italki, antes no lo hacían por falta de “tiempo o dinero”. “Poder aprender un idioma desde la comodidad de nuestro hogar con un profesor nativo que imparta clases de, por ejemplo, inglés desde Reino Unido con sólo conectarnos a internet representa un privilegio muy grande para aquellos que saben realmente aprovecharlo”, explica Ana Aránguez, Head of Europe de italki.

Y agrega: “Ya no es necesario buscar un profesor de idiomas que viva convenientemente cerca de nuestra casa. Con el aprendizaje en línea, un estudiante puede aprender en cualquier lugar, en cualquier momento y desde el dispositivo que él elija. Las ventajas son innumerables”.

El perfil de los alumnos online en España

8Belts es una compañía con un método de aprendizaje online que ha realizado un estudio entre 5.600 alumnos radicados en España. Según este informe, el 60% de los alumnos son mujeres. La franja de edad más numerosa es la comprendida entre los 40 y 50 años. De los cuatro idiomas que ofrece esta firma (inglés, francés, alemán y chino), el 88,5% estudian inglés, más de 63% viven en un área metropolitana, el 46% están casados y el 55% tienen hijos.

Del total de los encuestados, el 70,7% tiene estudios universitarios y casi el 70% estudia idiomas para mejorar su carrera profesional. El 96% busca información a través de Internet.

Para Fernando Moreno, CEO de 8Belts, el estudio refleja “la realidad sociológica del conocimiento de idiomas en España. "El inglés es una asignatura pendiente para una gran mayoría de personas en edad laboral, desde los 20 años hasta la jubilación. La gráfica muestra cómo su enseñanza ha mejorado en la etapa escolar en los últimos años, aunque sigue siendo insuficiente. Del mismo modo, la mayor demanda está en los 43, un momento de cambio y progresión en la carrera profesional, donde un conocimiento deficiente del inglés puede frustrar muchas aspiraciones laborales”, concluye.

Si bien el crecimiento doméstico en el aprendizaje de Inglés es sostenido desde hace años, España sigue a la cola en el contexto europeo: ocupa una la 33ª posición dentro del EF EPI 2021, el ranking mundial de inglés que evalúa la compresión auditiva y lectora de dos millones de personas en 122 países.

Italia es la única entre las grandes economías del continente que se sitúa por detrás de España. La lista está encabezada por Países Bajos, Austria y Dinamarca.

 

Real Decreto-Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo

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Real Decreto-Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía d ela estabilidad en el empleo y la transforamción del mercado de trabajo

1. ENTRADA EN VIGOR

El Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, es decir, el 31 de diciembre de 2021, con las excepciones que se indican en los apartados correspondientes.

2. CONTRATO FORMATIVO (Artículo primero. Uno)

La nueva regulación entrará en vigor el 31 de marzo de 2022.

Tendrá dos modalidades:

Contrato de formación en alternancia:

  • Objeto: compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o del Catálogo de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo Estatal.
  • Edad:
    • Con carácter general no existe límite de edad.
    • Hasta 30 años cuando se suscriba el contrato en el marco de certificados profesionales de nivel 1 y 2 o de programas públicos o privados de formación en alternancia que formen parte del Catálogo de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo Estatal.
  • Duración: mínimo tres meses y máximo dos años, continuados o no.
  • Tiempo de trabajo efectivo: no podrá ser superior al 65%, durante el primer año, o al 85%, durante el segundo, de la jornada máxima prevista en convenio colectivo o, en su defecto, de la jornada máxima legal.
  • Retribución: se fijará en convenio y, en su defecto, no podrá ser inferior al 60% el primer año y al 75% el segundo año, respecto de la fijada en convenio para el grupo profesional y nivel retributivo correspondiente a las funciones desempeñadas, en proporción al tiempo de trabajo efectivo. En ningún caso podrá ser inferior al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
  • Plan formativo individual:
    • Recogerá el contenido de la formación, el calendario y las actividades y los requisitos de tutoría para su cumplimiento. Habrá un tutor designado por el centro o entidad formativa y otro por la empresa.
    • Elaborado por el centro o entidad formativa con la participación de la empresa.
  • Se podrá concertar:
    • A tiempo parcial.
    • En horario nocturno y a turnos cuando las actividades formativas para la adquisición de los aprendizajes previstos en el plan formativo no puedan desarrollarse en otros periodos.
    • Varios contratos con varias empresas para cubrir las distintas actividades del ciclo, plan o programa formativo.
  • No se podrán celebrar cuando la actividad o puesto de trabajo correspondiente al contrato haya sido desempeñado con anterioridad por la persona trabajadora en la misma empresa bajo cualquier modalidad por tiempo superior a seis meses.
  • No podrán realizarse horas complementarias ni extraordinarias, salvo por causa de fuerza mayor, y no llevará aparejado un periodo de prueba.
  • Cotización (Artículo tercero. Nueve. Disposición adicional cuadragésima tercera):
    • Se prevé un nuevo régimen de cotización que entrará en vigor a partir del 31 de marzo de 2022 y será aplicable a los contratos de formación y aprendizaje vigentes a esa fecha y a los nuevos contratos de formación en alternancia.
    • Cuando la base de cotización mensual por contingencias comunes no supere la base mínima mensual de cotización del Régimen General, el empresario ingresará las cuotas únicas que determina la Ley de Presupuestos Generales del Estado, siendo la cuota por contingencias comunes a cargo del empresario y del trabajador, y la cuota por contingencias profesionales a cargo del empresario. Igualmente, ingresará las cuotas únicas correspondientes al Fondo de Garantía Salarial, que serán a su exclusivo cargo, así como las correspondientes a desempleo y por formación profesional, que serán a cargo del empresario y del trabajador, en las cuantías igualmente fijadas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
    • Cuando la base de cotización mensual por contingencias comunes supere la base mínima mensual de cotización del Régimen General, la cuota a ingresar estará constituida por el resultado de sumar las cuotas únicas antes citadas y las cuotas resultantes de aplicar los tipos de cotización que correspondan al importe que exceda la base de cotización anteriormente indicada de la base mínima.
    • A los contratos a tiempo parcial les resultarán de aplicación las normas de cotización indicadas para los contratos formativos en alternancia a tiempo completo.
    • Se aplicarán las exoneraciones que a 31 de marzo de 2022 estén establecidas para los contratos para la formación y el aprendizaje.
  • Régimen transitorio (Disposición transitoria segunda):
    • Hasta la entrada en vigor del nuevo régimen de cotización, 31 de marzo de 2022, la cotización de los contratos de formación en alternancia que se suscriban a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, 31 de diciembre de 2021, y de los contratos para la formación y el aprendizaje suscritos con anterioridad a la misma, se realizará conforme a lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 para los contratos para la formación y el aprendizaje.
  • Contratación de jóvenes menores de dieciocho años en trabajos con riesgos específicos (Disposición final quinta): Ante las prohibiciones del trabajo de jóvenes menores de 18 años en determinadas profesiones y oficios, derivadas del Decreto de 26 julio de 1957, sobre Industrias y Trabajos prohibidos a mujeres y menores por peligrosos e insalubres, que se encuentran desfasadas y generan limitaciones a la inserción de los jóvenes y el desarrollo de la formación profesional dual, se prevé que en el plazo de tres meses desde el 31 de diciembre de 2021, el Ministerio de Trabajo y Economía Social presentará a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas un análisis de la normativa de seguridad y salud aplicable a los menores, para la elaboración de un reglamento sobre las peculiaridades aplicables a la contratación de personas jóvenes menores de dieciocho años en trabajos que presenten riesgos específicos, que aprobará el Gobierno, en desarrollo del artículo 27.2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

Contrato para la obtención de la práctica profesional:

  • Objeto: el desempeño de una actividad laboral destinada a adquirir una práctica profesional adecuada a los correspondientes niveles de estudios.
  • Podrá concertarse:
    • Con quienes estuviesen en posesión de un título universitario, título de grado medio o superior, especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional o título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo.
    • Dentro de los tres años, o de los cinco años si se concierta con una persona con discapacidad, siguientes a la terminación de los correspondientes estudios.
  • No podrá suscribirse con quien ya haya obtenido experiencia profesional o realizado actividad formativa en la misma actividad dentro de la empresa por un tiempo superior a tres meses, sin que se computen a estos efectos los periodos de formación o prácticas que formen parte del currículo exigido para la obtención de la titulación o certificado que habilita esta contratación.
  • Duración: mínimo seis meses y máximo un año.
  • Periodo de prueba: no podrá exceder de un mes, salvo lo dispuesto en convenio colectivo.
  • Retribución por tiempo de trabajo efectivo: será la fijada en convenio y, en su defecto, la del grupo profesional y nivel retributivo correspondiente a las funciones desempeñadas. En ningún caso podrá ser inferior al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
  • La empresa elaborará un plan formativo individual y asignará un tutor.
  • No podrán realizarse horas extraordinarias, salvo por causa de fuerza mayor.

Común a ambas modalidades:

  • Será indefinido ordinario el contrato celebrado en fraude de ley o incumpliendo los requisitos formativos.
  • Se podrán realizar en empresas en ERTES, del artículo 47 o 47 bis, siempre que las personas contratadas no sustituyan funciones o tareas realizadas habitualmente por las personas afectadas por las medidas de suspensión de contratos o de reducción de jornada.
  • La acción protectora de la Seguridad Social comprenderá todas las contingencias protegibles y prestaciones, incluido el desempleo y la cobertura del Fondo de Garantía Salarial.
  • Bonificación del 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes, durante la vigencia del contrato, cuando se concierten con personas trabajadoras con discapacidad.

Régimen transitorio (Disposición transitoria primera):

  • Los contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje basados en lo previsto en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, según la redacción anterior a esta reforma que estará vigente hasta 30 de marzo de 2022, resultarán aplicables hasta su duración máxima, en los términos recogidos en el citado precepto.
  • Por lo tanto, podrán seguir realizándose contratos de prácticas y para la formación y el aprendizaje hasta el 30 de marzo de 2022, conforme a su regulación y regirán hasta su duración máxima, es decir, hasta 2 y tres años como máximo, respectivamente.

Estatuto del Becario (Disposición adicional segunda):

El Gobierno, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta norma, convocará a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, para en el ámbito del diálogo social abordar el Estatuto del Becario, que tendrá por objeto la formación práctica tutorizada en empresas u organismos equiparados, así como la actividad formativa desarrollada en el marco de las practicas curriculares o extracurriculares previstas en los estudios oficiales.

Descarga de documentos

file pdf Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.

 

Convocatoria Compromisos de contratación

Convocatoria Compromisos de contratación

El Sistema Nacional de Empleo se encuentra ante dificultades para dar cobertura a vacantes de puestos de trabajo en sectores estratégicos de interés nacional debido a la ausencia de perfiles adecuados. Por ello, resulta aconsejable formar a personas desempleadas en las competencias específicas requeridas para cubrir esos puestos mediante la financiación de acciones formativas que incluyan compromisos de contratación.

En el marco del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Servicio Público de Empleo Estatal participan de forma relevante en el Componente 23 “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”, encuadrado en el área política VIII “Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo”. Uno de los objetivos de este Componente es reformar e impulsar las Políticas Activas de Empleo, mejorando la cohesión del Sistema Nacional de Empleo (SNE), con un enfoque centrado en las personas y en las empresas, orientándolas hacia resultados evaluables, coherentes con la innovación, la sostenibilidad y las transformaciones productivas, apoyadas en la mejora de las capacidades y en la transformación digital de los servicios públicos de empleo.

Dentro de las reformas e inversiones propuestas en este componente se incluye la Inversión 3, “Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva”, que a su vez incluye la actuación de “Formación con fomento de la contratación en sectores estratégicos” Esta actuación, que constituye el objetivo de esta convocatoria, tiene por objeto la adquisición y mejora de competencias profesionales de las personas trabajadoras en situación de desempleo para su adaptación a los cambios que precisa el sistema productivo, al tiempo que se da respuesta a las necesidades de las empresas para encontrar perfiles en ocupaciones con difícil cobertura así como al impacto de la crisis desencadenada por la pandemia del COVID-19.

Asimismo, actuaciones de este tipo requieren, con carácter estratégico y excepcional, una coordinación unificada por parte del Servicio Público de Empleo Estatal cuando concurran las circunstancias indicadas en el artículo 28.1, cuarto párrafo, del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en la redacción dada por la disposición final quinta del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo, entre las que se señalan: primera, que las vacantes de los puestos ofertados por empresas de esos sectores se encuentren en centros de trabajo localizados en dos o más comunidades autónomas; y, segunda, que la impartición de las acciones formativas se realice en un mismo lugar con la consiguiente movilidad geográfica de los trabajadores participantes. En todo caso, se prevé que la preselección de los candidatos se realice de acuerdo con los servicios públicos de empleo de cada una de las comunidades autónomas donde se encuentren los centros de trabajo con puestos vacantes.

En el marco del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Servicio Público de Empleo Estatal participan de forma relevante en el Componente 23 “Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo”, encuadrado en el área política VIII “Nueva economía de los cuidados y políticas de empleo”. Dentro de las reformas e inversiones propuestas en este componente se incluye la Inversión 5, “Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva”.

Normativa

file pdf Extracto de la Resolución de 23 de diciembre de 2021,del ServicioPúblico de Empleo Estatal, por la que se aprueba, por el procedimientode trámite anticipado, la convocatoria abierta de subvenciones paraapoyar la cobertura de vacantes en sectores estratégicos de interésnacional mediante la financiación de acciones formativas que incluyancompromisos de contratación de personas desempleadas para losaños, 2022 y 2023, en el marco del PRTR.
file pdf Resolución de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba , por el procedimiento de trámite anticipado, la convocatoria de subvenciones para apoyar la cobertura de vacantes en sectores estratégicos de interés nacional mediantela financiación de acciones formativas que incluyan compromisos de contratación de personas desempleadas para los años 2022 y 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia.
file pdf Anexo I. Solicitud de Participación.
file pdf Anexo II. COMPROMISO DE CONTRATACIÓN. (Cobertura de vacantes en sectores estratégicos de interés nacional).
file pdf Anexo III. PROGRAMA FORMATIVO.
file pdf Anexo IV. Declaración responsable para inscribir la entidad de formación en especialidades formativas, a impartir en modalidad presencial/aula virtual.
file pdf Anexo V Declaración responsable para inscribir la entidad de formación en especialidades formativas, a impartir en la modalidad de teleformación, en el caso de acciones formativas con modalidad de impartición mixta.
file pdf Anexo VI. DOCUMENTO DE ADHESIÓN AL PROGRAMA FORMATIVO.
file pdf Anexo VII. CUESTIONARIO PARA LA EVALUACIÓN DE LA SATISFACCIÓN DE LOS PARTICIPANTES.
file pdf Anexo VIII. Instrucción de justificación de la subvención.

Manuales y documentación relacionada

file pdf Guía de acceso a la aplicación de solicitud.
file pdf Catálogo de Especialidades Formativas: Especificaciones para el diseño de los Programas Formativos.
file pdf Ocupaciones SISPE.
file pdf Modelo Declaración Responsable.
file pdf Modelo Declaración Responsable - Fundaciones.
file pdf Nota informativa para los usuarios de acceso a la aplicación.
file pdf Procedimiento a utilizar por entidades de formación sin certificado de persona jurídica.
file pdf Solicitud de autorización previa.
file pdf Solicitud de autorización previa vinculada.
file pdf Ayuda para la aplicación informática para la presentación de solicitudes.