Formación Programada por las Empresas. Notificaciones Electrónicas por las diferencias detectadas en las bonificaciones

 

faqs fundaeDe acuerdo con lo indicado en el artículo 41 de la Ley 39/2015, las notificaciones se realizaran preferentemente por medios electrónicos cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía. Obligatorias para todas las personas jurídicas.

Se van a emitir para la iniciativa de formación programada por las empresas para sus trabajadores, de los ejercicios 2016 y 2017.

El acceso a las notificaciones electrónicas del SEPE Estatal, se realizará mediante comparecencia en su sede electrónica. El acceso deberá realizarse por el representante legal o la persona debidamente acreditada mediante certificado digital a través del enlace: https://sede.sepe.gob.es/portalSede/flows/inicio.

El aviso a la empresa de la notificación electrónica se hará a través de un correo electrónico a la dirección comunicada en el apartado de “domicilio a efectos de notificaciones” dentro del aplicativo de FUNDAE para la comunicación de las acciones formativas. La falta de este aviso no impedirá que la notificación sea plenamente válida.

El plazo para acceder al contenido será de 10 días naturales, contados a partir de la puesta a disposición de la notificación en la sede electrónica. (Artículo 43 de la Ley 39/2018). Transcurridos los 10 días naturales sin que se acceda a su contenido, se entenderá que la notificación ha sido rechazada.

En los casos que hayan transcurridos los 10 días naturales de plazo para su descarga y caducado la notificación, el SEPE lo comunicará a la ITSS para la apertura de las actas de liquidación.

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Publicado el Catálogo de Especialidades Formativas en el marco del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral

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Continuando con el desarrollo reglamentario de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, iniciado por el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, mediante la nueva Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, se establece la estructura del Catálogo de Especialidades Formativas, así como los procedimientos para su actualización permanente, incluyendo el procedimiento para el alta, modificación, baja y reactivación de especialidades en el Catálogo de Especialidades Formativas, de manera que responda con agilidad a las demandas de formación de sectores y ocupaciones emergentes.

La nueva Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, viene a desarrollar parcialmente el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, con el objeto de regular la estructura y contenido del Catálogo de Especialidades Formativas y el procedimiento para su gestión y actualización, de manera que responda con agilidad a las demandas de formación de los sectores y ocupaciones emergentes.

Así mismo, se establecen los mecanismos para la difusión, seguimiento y evaluación del citado Catálogo, con objeto de asegurar su calidad y el cumplimiento de sus finalidades y queda derogada la Resolución de 12 de marzo de 2010, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establece el procedimiento para la inclusión de nuevas especialidades en el fichero de especialidades formativas, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria única relativa a la gestión por el Servicio Público de Empleo Estatal.

Catálogo de Especialidades Formativas

El Catálogo de Especialidades Formativas es uno de los instrumentos de transparencia y difusión del sistema integrado de información de la formación profesional para el empleo, e incluye la ordenación de toda la oferta de formación, formal y no formal, desarrollada en el marco del Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

Las finalidades del Catálogo de Especialidades Formativas son las siguientes:

  1. Adecuar y actualizar la oferta de formación profesional para el empleo, considerando la prospección y detección de necesidades formativas y el escenario plurianual, previstos en los artículos 4 y 5 de Ley 30/2015, de 9 de septiembre, así como los resultados del seguimiento, control y evaluación de la formación u otras fuentes de información de los Servicios Públicos de Empleo.
  2. Ser el referente común para la programación de las acciones formativas en todas las iniciativas de formación profesional para el empleo dirigidas a personas trabajadoras ocupadas y desempleadas, excepto las dirigidas a la formación programada por las empresas para sus trabajadores.
  3. Ser un referente en los procesos de la acreditación y/o inscripción de las entidades de formación en los registros de las Administraciones Públicas competentes, cuando estas reúnan los requisitos especificados en el Catálogo, según se establece en el artículo 15 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre.
  4. Facilitar el seguimiento, evaluación y mejora de la calidad de la formación profesional para el empleo, considerando lo establecido en los programas de las especialidades formativas que configuran el Catálogo y los resultados alcanzados en la impartición de las correspondientes acciones formativas.
  5. Favorecer los procedimientos de acreditación de las competencias profesionales adquiridas en la formación formal, mediante la certificación de módulos superados y de expedición de los certificados de profesionalidad o de sus acreditaciones parciales acumulables, que se reflejarán en la Cuenta de Formación del trabajador; y en la formación no formal, mediante la expedición de los diplomas acreditativos o de los certificados de asistencia, como corresponda en cada caso, según lo recogido en el artículo 7 del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio.
  6. Ser un instrumento de apoyo para la orientación profesional realizada por los Servicios Públicos de Empleo, mediante la utilización del Catálogo para el diseño de itinerarios personalizados para el empleo y la identificación de itinerarios formativos cuando se precise, para los usuarios de dichos servicios, en la búsqueda de oportunidades de formación y/o empleo acordes a su perfil, de acuerdo con lo establecido en la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, aprobada por Real Decreto 7/2015, de 16 de enero, y su normativa de desarrollo.
  7. Contribuir a la transparencia y unidad del mercado laboral y a la movilidad de las personas trabajadoras.

Marco jurídico, estable y común

Con la finalidad de establecer un marco jurídico, estable y común para todos, que contribuya a reforzar la coordinación, la colaboración y la cooperación de los diferentes actores y Administraciones Públicas que participan en el Sistema de Formación Profesional para el empleo, garantizando de este modo la necesaria unidad de mercado, la Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, regula la estructura, contenido y procedimiento de actualización del Catálogo de Especialidades Formativas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, para lo que, en sus anexos se establecen:

  1. Familias y Áreas Profesionales.
  2. Propuesta de alta o modificación de especialidad formativa.
  3. Propuesta de alta de itinerario formativo.
  4. Propuesta de baja o reactivación de especialidad o itinerario formativo.
  5. Programa formativo.

Áreas prioritarias, Iniciativas de formación y tipos de programas y Valoración de las especialidades

A efectos de la programación formativa se considerarán áreas prioritarias las dirigidas a anticipar las necesidades de cualificación del sistema productivo así como a cubrir las necesidades actuales y las orientadas al desarrollo de los sectores más innovadores y/o con mejores perspectivas de empleo o necesidades vinculadas con los sectores productivos que tengan regulaciones específicas, de conformidad con lo que establezcan al respecto el informe anual y el escenario plurianual previstos en los artículos 4 y 5 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre.

Junto a las áreas prioritarias, para las especialidades del Catálogo se contemplarán también las siguientes variables:

  1. Iniciativas de formación y tipos de programas: Para cada especialidad se registrarán las iniciativas y tipo de programa en los que ha intervenido.
  2. Valoración de las especialidades: Se dispondrá de información sobre el funcionamiento de las especialidades para valorar su calidad por parte de distintos agentes, como las entidades o centros de formación y los participantes en la misma.

El sector de la formación para el empleo muestra su satisfacción ante la financiación de programas de formación estatales durante 2019

La financiación de programas de formación estatales dirigidos a ocupados satisface una de las principales demandas del sector

Madrid, 7 de marzo de 2019

  • Las organizaciones de las empresas prestadoras de servicios de Formación para el Empleo (AEGEF, ANCED y CECAP) se felicitan ante los recientes avances producidos con la publicación de la convocatoria de subvenciones para programas de formación correspondiente a 2018.
  • El presupuesto plurianual de 350 millones permitirá capacitar en competencias específicas y transversales a personas ocupadas y desempleadas, aliviando la comprometida situación financiera del sector.
  • El sector de la Formación para el Empleo, formado por 15.000 empresas, es crítico para garantizar la empleabilidad, la competitividad y la creación de riqueza en un contexto de cambio tecnológico acelerado.
  • Transformar el actual modelo subvencional en otro que sea capaz de identificar las necesidades formativas, evaluar su impacto y que compatibilice la concurrencia privada y la gratuidad de la oferta, principal demanda a futuro del sector.

 

aegef anced cecap

Las organizaciones de las empresas prestadoras de servicios de formación para el empleo (AEGEF, ANCED y CECAP) muestran su satisfacción ante los avances registrados gracias a la reciente convocatoria para la concesión de subvenciones para la ejecución de programas de formación estatales dirigidos a personas ocupadas. La convocatoria, publicada en enero y correspondiente a 2018, ha cerrado el 7 de marzo el plazo para la presentación de solicitudes. Se cumple así una de las principales demandas formuladas en los últimos años por el sector, que permitirá capacitar en nuevas competencias profesionales a la población ocupada, contribuyendo así al necesario ajuste entre las necesidades de un mercado laboral en profunda mutación y las habilidades de la población activa.

La convocatoria, que fue aprobada en una resolución del SEPE el pasado 17 de enero, contempla un presupuesto de 350 millones de euros para la financiación de programas estatales de formación dirigidos de forma prioritaria a personas ocupadas. Esta partida presupuestaria, que se distribuirá durante los tres próximos años, estará destinada a aquellas entidades de formación públicas y privadas, o agrupaciones de las mismas, que se dediquen a la formación presencial o a distancia en al menos dos comunidades autónomas.

La aprobación de esta convocatoria era una de las principales demandas que el sector había planteado al Gobierno. Durante los años más duros de la crisis, casi 5 millones de trabajadores, ocupados o desempleados, no pudieron actualizar sus competencias ante la ausencia de inversión pública, un derecho individual reconocido en el Estatuto de los Trabajadores y ante el cual la Constitución confiere responsabilidad a los poderes públicos.

En opinión de las principales organizaciones representativas, la recuperación de los niveles de empleo previos a la crisis y, especialmente, la adecuación de la formación de los trabajadores a las nuevas demandas que el rápido cambio tecnológico exige al mercado laboral pasan por asegurar la sostenibilidad financiera de un sector formado por 15.000 empresas, pymes en su gran mayoría, y que da trabajo a 150.000 personas.

Frente al carácter anual y recurrente que las convocatorias tenían hasta 2014, la última databa de septiembre de 2016, siendo además objeto de importantes retrasos tanto en la fase de instrucción como en la de ejecución. Además de la incapacidad para planificar inversiones en el medio plazo dada la inseguridad jurídica y la falta de periodicidad, el consiguiente retraso en los pagos (de hasta 550 días de media), sumado a la necesidad de mantener los costes de personal y estructura mínimos, había sumido al sector en una situación financiera crítica, como las principales organizaciones representativas venían denunciando reiteradamente.

La convocatoria de 2018 proporciona confianza a las organizaciones en que sus demandas adicionales de un cambio de modelo encuentren un eco adecuado en el Gobierno. Estas se muestran especialmente interesadas en que el correspondiente periodo de instrucción de esta convocatoria no supere los seis meses marcados por ley y que, a pesar del contexto de incertidumbre política en nuestro país, el Gobierno resuelva con diligencia y eficacia un compromiso del que depende el reciclaje profesional de muchos trabajadores.

Más allá de paliar la crítica situación financiera a la que la inseguridad jurídica, la excesiva carga burocrática y falta de ejecución de la financiación pública les aboca, las organizaciones abogan también por un cambio sustancial que transforme el actual modelo subvencional, en el que las entidades de formación concurren competitivamente a las convocatorias de financiación estatales en un modelo más estable y más adaptado tanto a los centros como a los destinatarios de la formación. En opinión de las principales organizaciones representativas, ello situaría al sector en una posición ideal para garantizar la empleabilidad de los trabajadores, la competitividad de las empresas y la creación de riqueza para la sociedad durante las próximas décadas.

 

Acerca de AEGEF, ANCED y CECAP

AEGEF es una asociación de grandes empresas de formación de ámbito estatal, con una larga experiencia ofreciendo todo tipo de servicios relacionados con la formación, tanto a organizaciones como a particulares. ANCED es la principal organización empresarial de ámbito nacional que integra a los centros privados más importantes de enseñanza e-learning y distancia. CECAP es la organización empresarial más representativa del sector de la formación en España, con centros asociados en todas las Comunidades Autónomas dedicados a impartir enseñanza y formación no reglada.

Un pasaporte para refugiados con formación

ELISA SILIÓ
EL PAIS Madrid - 9 FEB 2019 - 00:18 CET

El Consejo de Europa impulsa un documento que reconoce la cualificación de exiliados para que puedan estudiar o trabajar en lo suyo

un pasaporte para refugiados con formacionCientos de refugiados han abandonado su país con lo puesto huyendo de las bombas o sus perseguidores. Y con frecuencia han dejado tras de sí a su familia, su profesión, sus pertenencias y los documentos que acreditan quiénes son y cuál es su pasado. Ahora el Consejo de Europa —cuyo objetivo es la defensa y promoción de los derechos humanos— se ha propuesto ayudarles a reconstruir su vida a través del Pasaporte Europeo de Cualificaciones para Refugiados, que acredita —tras una evaluación— su formación para que puedan continuar sus estudios o trabajar en lo suyo en el país de acogida. Lo que comenzó en campamentos de refugiados de Grecia e Italia como proyecto piloto en 2017 adquiere ahora otra dimensión con la incorporación de Alemania, Francia y otros cinco países entre los que aún no está España. Este papel “es la herramienta principal para integrar a los refugiados en las sociedades europeas”, dice el Consejo.

Ser refugiado es un estigma. María Jesús Vega, portavoz de ACNUR España, recuerda que muchos españoles están sobrecualificados para su profesión, pero que la situación de los exiliados es mucho peor. “No parten de cero sino de menos 10 en su nueva vida: son de otra raza, religión, idioma... No tienen ni contactos ni familia que les apoye, ni nóminas o avales. Muchos no pueden acudir a sus embajadas —porque, a veces, sus Gobiernos les persiguen— y han pasado por situaciones traumáticas: muertes de familiares, encarcelamientos o torturas”.

El proyecto piloto, impulsado por el Ministerio de Educación de Grecia en 2017, ha sentado las bases de un programa que previsiblemente recibirá su impulso definitivo en marzo en la Comisión de Educación del Consejo de Europa. Este organismo no tiene competencias para expedir un documento oficial, por lo que cada uno de los 47 Estados miembros debe reconocer esta acreditación en su burocracia interna.

“Este pasaporte me recuerda lo que pasó con los republicanos que salieron al final de la Guerra Civil de España”, compara Francisco Michavila, consejero de Educación de España ante la OCDE. “El presidente de México Lázaro Cárdenas tuvo la gran generosidad de decir: ‘Bueno, aquí, aunque uno no tenga el título que demuestre si es arquitecto o ingeniero, si viene con dos avalistas se lo reconocemos. Y con los refugiados se intenta lo mismo”, prosigue Michavila, que acudió a la última reunión de Educación del Consejo de Europa.

El Convenio de Reconocimiento de Lisboa, firmado en 2007 —España se adhirió en 2009—, obliga a los Estados a desarrollar medidas para validar las cualificaciones de los refugiados sin documentos, pero poco se hizo durante una década. En 2012, durante una cumbre de 47 ministros de Educación en Bucarest, se volvió a abordar el tema sin que se avanzase. Y en 2016 un informe del Consejo puso de manifiesto que solo 15 de los 47 países emitían un exhaustivo documento de antecedentes que reconocía los estudios de secundaria y bachillerato, pero ni una palabra de los títulos universitarios. Ese año miles de refugiados llegaron a las costas y Europa por fin abrió los ojos ante el drama.

Las agencias para los refugiados de Noruega y Reino Unido han elaborado una metodología propia para acreditar su nivel de educación, su experiencia laboral y el dominio de idiomas. El candidato tiene tres semanas para responder a un test que se envía a dos evaluadores que tienen una semana para revisarlo. Al menos uno de ellos debe ser experto en la lengua y el sistema universitario del país del solicitante del pasaporte. Finalmente, ambos examinadores se entrevistan durante una hora con el aspirante.

Este es el proceso que siguieron la siria Rawaa o la joven Anwan Horani. Esta última, de origen palestino, vivió toda su vida en Siria, donde se casó. La pareja huyó de las bombas con una maleta muy pequeña, primero a Turquía y luego a Grecia, donde ella se examinó demostrando que es licenciada en Fisioterapia. Hoy, con una sonrisa, Anwan, que sigue un curso de Salud Pública Internacional en Noruega y en inglés, relata en un vídeo del Consejo cómo es su nueva vida: “Soy bastante feliz. En cinco meses he conseguido ser aceptada en un collegue y la gente está sorprendida. Me siento muy agradecida a Grecia que, pese a sus dificultades, nos abrió los brazos”.

El proyecto piloto, apoyado por ACNUR, se lanzó con tres sesiones de evaluación —73 de los 92 aspirantes lograron certificar su cualificación— en campos de Grecia. En una segunda oleada Grecia, Italia y Holanda acogieron otras cinco jornadas con 230 entrevistados. En esta última y tercera etapa, prevista hasta el 2020, las entrevistas ahora son también online para no limitarlas solo a los campos de refugiados.

“La gente se desmotiva sin sus títulos y opta por el reciclaje profesional porque tiene que sobrevivir”, explica Raquel Santos, coordinadora de Inclusión Laboral de la Comisión de Ayuda al Refugiado (CEAR). “Si vemos que es muy complicada la homologación de sus estudios, les recomendamos que obtengan un certificado de profesionalidad. El de grado 1 (hostelería, ATS, turismo) no es muy difícil, pero para el 2 (puestos administrativos) te piden más requisitos de formación”.

El pasado noviembre, la Asociación Nacional de Centros de e-Learnig y Distancia (ANCED) lanzó con 12 socios europeos y la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA) el programa Refuskills con los mismos objetivos.

Mahmou es un refugiado graduado sirio. Tras pasar por Líbano y Turquía —cuenta el Consejo de Europa— llegó a un campo de Macedonia. “El pasaporte me ha despertado, tengo otra oportunidad en la vida”, cuenta ante las cámaras sin desvelar cuál era su ocupación. “Los trabajadores sociales me preguntaron qué sabía hacer y no tenía nada que enseñar. Este papel me ha salvado cuando peor estaba. La gente ha dejado de mirarme de forma diferente”.