Más de 250 personas han asistido al webinar "Claves y beneficios de la formación para empresas en situación de ERTE"

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Más de 250 personas han asistido al webinar «Claves y beneficios de la formación para empresas en situación de ERTE»

El día 28 de octubre, celebramos el webinar Claves y beneficios de la formación para empresas en situación de ERTE. De la mano de Jorge Domínguez Roldán, Socio de TDBM Abogados, y de Juan Carlos Tejeda Hisado, Director del Departamento de Educación y Formación de CEOE, hemos podido conocer cuáles son las características este nuevo modelo de ERTE regulado a través del Real Decreto-ley 18/2021 y cómo las empresas y los trabajadores pueden beneficiarse de él.

Entre las conclusiones de la jornada, a la que han asistido en directo más de 250 personas, destacamos:

  • A partir del 1 de noviembre entrarán en vigor los nuevos ERTE por impedimento o limitaciones en la actividad, que se podrán tramitar hasta el 28 de febrero, y que irán destinados a empresas afectadas por nuevas restricciones y medidas vinculadas al COVID-19.
  • Las empresas que tengan un ERTE vigente, tienen la posibilidad de transitar de la situación de impedimento a la de limitación de actividad o viceversa sin tener que tramitar un nuevo expediente. Esta naturaleza impeditiva o limitativa determinará los porcentajes de exención aplicables:
    • En el caso de los ERTE por impedimento en la actividad, las empresas se beneficiarán de un 100% de la aportación empresarial en las cotizaciones a la Seguridad Social.
    • o En el caso de los ERTE por limitación en la actividad, la exoneración dependerá del número de trabajadores de alta en la Seguridad Social:
      • Para empresas con más de 10 trabajadores, la exención será del 80% si la empresa desarrolla acciones formativas a los afectados por el ERTE y del 40% si no realizan estas acciones.
      • Para empresas con menos de 10 trabajadores, la exención será del 80% si la empresa desarrolla acciones formativas a los afectados por el ERTE y del 50% si no realizan estas acciones.

    Para que puedan optar a estas exenciones, las empresas tendrán que presentar la relación de trabajadores afectados por ERTE a 30 de septiembre de 2021, en el caso de los ERTE prorrogados, o de los comunicados a partir del 1 de noviembre de 2021, en el caso de los nuevos expedientes.

  • El Real Decreto-ley 18/2021 contempla un incremento del crédito de que disponen las empresas para la financiación programada en función del número de trabajadores:
    • De 1 a 9 trabajadores: 425€ por persona.
    • De 10 a 49 trabajadores: 400€ por persona.
    • A partir de 50 trabajadores: 320€ por persona.
  • En cuanto a las acciones formativas, tienen que estar vinculadas a la mejora de la empleabilidad de las personas formadas, aunque no es necesario que estén relacionadas con la actividad propia de la empresa.
  • El plazo de ejecución de las acciones formativas será desde el 1 de noviembre de 2021 hasta el 30 de junio de 2022.
  • Estarán dentro de este marco tanto las acciones de formación programada como las de formación de oferta de ámbito estatal y/o autonómico.
  • Para poder beneficiarse de las exoneraciones, las empresas deberán acreditar que han ofertado formación a los trabajadores en situación de ERTE. En este sentido, los expertos recomiendan a las empresas una trazabilidad nominal, es decir, que puedan acreditar que se ha ofrecido un curso en concreto a un trabajador concreto que está en ERTE. Y si pudiéramos tener un acuse de recibo, mejor que mejor.

En ADAMS Formación te ayudamos a mejorar la competitividad de tu empresa y a impulsar el talento de tus equipos a través de la formación. Contamos con todos los medios y recursos para poder plasmar tus necesidades en un Plan de Formación que cumpla con los requisitos legales y materias recomendadas por el Real Decreto-ley. Durante 2020, 366 empresas confiaron en nosotros para mejorar las competencias profesionales de sus equipos (el 87% en modalidad online) a través de 767 cursos.

Si no has podido asistir al webinar o quieres volver a visualizarlo, puedes hacerlo en este enlace: Claves y beneficios de la formación para empresas en situación de ERTE

 

Habilitada en el aplicativo de FUNDAE la opción "Prórroga de ERTE"

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Habilitado en el aplicativo de FUNDAE la opción Prorroga de ERTE

Habilitado en el aplicativo de FUNDAE de gestión de las bonificaciones por formación programada por las empresas, dentro de la sección «Datos de empresas - Características de empresa», un nuevo apartado para indicar si la empresa está vinculada a «Prórroga de ERTE».

Una vez guardada la información relativa a «Empresa con prórroga de ERTE», no podrá modificarse. En caso de necesitar realizar modificaciones sobre dicha información tendrá que solicitarlo mediante observación. Si cancela, la opción «Empresa con prórroga de ERTE» quedará desmarcada.

 

Publicado el IX Convenio Colectivo de Enseñanza y Formación no Reglada

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) de hoy jueves 28 de octubre publica el texto del IX Convenio colectivo de enseñanza y formación no reglada (código de Convenio n.º 99008825011994), que fue suscrito con fecha 22 de julio de 2021, de una parte por las organizaciones empresariales CECAP, CECE, ACADE-FECEI y ANCED en representación de las empresas del sector, y de otra, por el sindicato FECCOO en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.

Descarga de documentos

file pdf BOE Núm. 258 publicación IX Convenio colectivo de enseñanza y formación no reglada